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Vehículo robado en Guatemala

Vehículo robado en Guatemala. Cada día es mucho más común escuchar la noticia de que un vehículo ha sido robado, por tal motivo es de suma importancia preguntarse ¿Cómo saber si mi vehículo es robado?. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

 

 

Cómo saber si mi vehículo es robado

La concurrencia de casos de vehículos robados ha hecho relevante que conozca Cómo saber si mi vehículo es robado.  Para ello debe seguir los siguientes pasos:

  • Ingrese al portal web de la Policía Nacional Civil de Guatemalaí.
  • Debe suministrar el tipo de placa y el número de la misma.
  • Automáticamente el sistema le avisará si se trata de un vehículo robado. Si es el caso, debe notificar a las autoridades llamando al 110 y realizar la denuncia ante la Comisaría más cercana.
  • Debe contar con su DPI.
  • Si el vehículo presenta una denuncia de robo no verídica, el propietario debe retirar la denuncia ante la Comisaría de la Policía Nacional Civil más cercana a su residencia.
  • En caso de que su vehículo haya sido robado, debe notificar al SAT. Esta superintendencia inhabilitara el vehículo por ocho días.

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Qué es el SAT

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La Superintendencia de Administración Tributaria o conocida por sus siglas como SAT, fue creada en 1998 y constituye un ente del Estado guatemalteco que abarca todo el país.

Esta fue fundada como sustituta de la Dirección General de Rentas Internas motivada a su ineficiencia.

La Superintendencia de Administración Tributaria tiene como objetivo primordial el ejercicio exclusivo de actividades administrativas de tipo tributaria conforme a la ley. Esto abarca actividades como el establecimiento y operación de procedimientos que apoyen el cumplimiento de obligaciones tributarias, y otras actividades, por parte de los contribuyentes.

Cómo activar mi vehículo inhabilitado por la SAT

La SAT puede inhabilitar su vehículo si usted no cancela el Impuesto sobre circulación de vehículos acumulado por 3 años. En este apartado le contaremos cómo puede activar su vehículo inhabilitado por la SAT.

Los pasos a seguir para activar su vehículo inhabilitado por la SAT son los siguientes:

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  • Debe rellenar el formulario SAT-0452, el cual representa la afirmación certificada referente a la Activación de Vehículos Terrestres. A este debe hacerle una copia y firmarlo.
  • Hacer presencia de su DPI, de lo contrario presentar un documento que valide este trámite emitido por el RENAP.
  • Si usted es extranjero debe presentar su pasaporte.
  • En caso que se trate de una persona jurídica, debe presentar el documento que valide al representante legal de la empresa, en conjunto con un ejemplar legalizado.
  • Debe cancelar su deuda del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos hasta el presente año.
  • Seguido a esto, debe dirigirse a la SAT para revisar su vehículo en alguna sede del DEIC-PNC. Para finalizar el trámite, diríjase al Registro Fiscal en un lapso de 6 días.

Existen otros requisitos anexos con los que deberá contar además de los anteriores, estos son:

  • Rellenar el Formulario SAT-2033, el cual debe estar firmado por el dueño del vehículo.
  • Debe cancelar lo siguiente:
    • Renovar la placa para motos = Q60
    • Tiene que hacer la renovación de dos placas = Q120
    • Renovación del título de propiedad del automotor = Q60
    • Renovación de la Tarjeta de Circulación = Q60
  • Debe cancelar el ornato que corresponda.

Multas por no pagar impuestos de circulación

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Si usted no ha pagado los Impuesto sobre Circulación de Vehículos en los 3 años anteriores, la SAT tendrá todo el deber de inhabilitar su vehículo.

Esta multa podrá ser pagada accediendo a la página web de la SAT y deberá cancelar el total de la deuda más el 12,75% de la misma por cada día de atraso.

En agosto del 2018 se dio una oferta para vehículos inhabilitados, en la cual el propietario pagaba 25% menos de la deuda total si lo hacía de manera voluntaria.

Esta disminución del pago está planteada en el Código Tributario, por lo cual aún sigue vigente.

Además, los dueños pueden activar sus placas nuevamente al pagar los impuestos que tengan aplazados llenando el formulario No. SAT-4091, de esta manera su vehículo será habilitado de manera automática. Puede conseguir la planilla.

Consecuencias de tener un vehículo inactivo en Guatemala

Son muchas las consecuencias que se presentar al tener un vehículo inactivo en Guatemala, estas tienen que ver tanto con los trámites fiscales, como daños físicos al vehículo.

A continuación conocerás cuales son estas consecuencias.

En el momento en que la SAT cumple con inhabilitar un vehículo, el dueño no está en capacidad para realizar gestiones que tengan que ver con el Registro Fiscal. Estos son:

  • Transferir el vehículo.
  • Renovar la Tarjeta de Circulación.
  • Cambiar el título de propiedad.
  • Hacer cambios en el motor o color, entre otros.

Además de la retención del automotor inhabilitado junto con los documentos de propiedad, las autoridades correspondientes imponen una multa de Q500. Además, quien irrespete lo anterior puede ser detenido.

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De igual manera, los vehículos estacionados por mucho tiempo presentan una serie de averías. Las más frecuentes son los siguientes:

  • Deformación de neumáticos.
  • Falta de lubricación en los elementos del aire acondicionado.
  • Oxido en el motor.
  • Daño en los pistones por falta de aceite.
  • Daño en el circuito de refrigeración, como la bomba de agua.
  • Fugas de aceite debido al desecamiento y agrietamiento de las juntas.
  • Oxidación de piezas de los frenos debido a la falta de cambio de aceite.
  • El largo tiempo de inactividades ocasione que los piñones, sincronizados y demás elementos de la caja de cambio se oxiden.
  • De igual manera, el limpiaparabrisas y los faros se ven afectados por la falla de la bomba que correspondiente o la quema de un fusible.

Qué es la calcomanía de circulación de vehículo

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Una vez que haya cancelado su deuda de Impuesto de Circulación de Vehículo, la SAT entrega la Calcomanía de Circulación de Vehículos, la cual corresponde a un aval de la liquidación de estas deudas.

Este impuesto debe ser pagado ante la  Superintendencia de Administración en un plazo de consta desde el 01/01 hasta el 31/07 de cada año. De no ser cancelado en dicho plazo, se crean intereses por omisión o tardanza general del pago.

Impresión de Calcomanía de circulación de vehículos

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La impresión de la Calcomanía de Circulación de Vehículos en Guatemala es muy sencilla de obtener, solo tienes que conocer cuánto debes en el sistema SAT y proceder con el pago.

Sigue cada uno de estos pasos para que puedas imprimir tu Calcomanía de Circulación de Vehículos:

  1. Debe acceder a la página web de la SAT haciendo click aquí.
  2. Diríjase y seleccione donde indica Trámites o Gestiones.
  3. Seleccione la opción de Consultas de Vehículos y después en Consulta sobre el Impuesto de circulación y multas de tránsito.
  4. Seleccione donde el sistema indica Impresión de Calcomanía y Verificación de las Infracciones de Tránsito.
  5. En esta sección deberá suministrar al sistema su número de placa en conjunto son su NIT.
  6. Debe tener en cuenta que la impresión de la Calcomanía de Circulación de Vehículos solo puede ser realizada cuando se haya pagado el precio correspondiente a la multa.

Sistema online

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IMPORTANTE SABER

  • Debes saber que para poder cancelar tu deuda del Impuesto sobre Circulación de Vehículos no debes tener infracciones.
  • Calcomanía de Circulación de Vehículos puede ser solicitada en cualquier momento por los funcionarios a quien corresponda, por tal motivo, ésta debe guardarse siempre dentro del vehículo o mantenerla consigo al momento de manejar.