Usuarios del transporte público en Quito: carné de vacunación

Usuarios del transporte público en Quito: carné de vacunación

Usuarios del transporte público en Quito: carné de vacunación – Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

Usuarios del transporte público en Quito deben presentar carné de vacunación

A partir de este jueves 13 de enero del 2022 comienza un proceso de socialización y sensibilización para informar a la gente que debe portar el carné de vacunación cuando utilice los servicios de transporte urbano en Quito. Ocho días después se comenzará a sancionar a quienes no cumplan con la disposición que tiene por objetivo frenar la propagación del covid-19.

El anuncio lo hizo el secretario de Movilidad del Municipio, Ricardo Pozo, durante una rueda de prensa realizada la tarde de hoy. La medida incluye la ejecución de operativos aleatorios que contarán con el apoyo de los agentes metropolitanos y personal de la Agencia Metropolitana de Control (AMC). Quienes se encargarán de vigilar que la gente cumpla las normas de bioseguridad.

También

Informarán a los pasajeros sobre la obligatoriedad de llevar el documento de inoculación. Asimismo, las autoridades implementarán publicidad con las nuevas disposiciones y comunicados en las unidades y paradas.

La medida forma parte del Plan de Control Obligatorio del certificado o carné de inoculación en los sistemas metropolitano de:

  • transporte público,
  • comercial,
  • escolar
  • institucional.

Una vez que concluya el proceso de sensibilización, se comenzará sancionar a quienes no obedezcan las nuevas disposiciones.

“Por el beneficio colectivo por sobre el individual, (a quienes no lleven su carné de vacunación) se le pedirá, una vez pasados los ocho días de concienciación, que por favor abandone la unidad por no cumplir con esta norma”, manifestó Pozo. “Lamentablemente es una decisión fuerte, estricta, pero así debe ser para dar cumplimiento a las disposiciones del COE”.

Además

Para la elaboración del plan, los técnicos jurídicos de varias entidades municipales han mantenido mesas de trabajo. La idea es seguir los lineamientos del COE Nacional luego de que entrara en vigencia. A partir del 12 de enero, la resolución de pedir los documentos de vacunación a los pasajeros en los servicios de transporte interprovincial.

Los controles en la capital serán aleatorios en las estaciones de transferencia, terminales microrregionales y paradas intermedias del sistema troncalizado Metrobus-Q. Así como en las unidades de transporte de modalidad comercial, escolar e institucional. “Resulta complicado hacerlo en todos los vehículos por la logística. Los operativos se efectuarán en puntos estratégicos y se verificará que se cumplan las normas de bioseguridad y aforo en el transporte público que es del 75%”, manifestó Pozo.

El funcionario hizo un llamado a los transportistas para que las ventanas de las unidades permanezcan abiertas. Si eso no es posible sugirió que se habiliten las escotillas que se ubican en los techos. Les pidió que soliciten a los pasajeros los certificados de inoculación.

Finalmente

Jaime Villacrés, director de la Agencia Metropolitana de Control, dijo que la sanción es del 25% de un salario básico para quienes no usen la mascarilla o se la pongan de forma inadecuada. En la resolución número SM-2022-0013, la Secretaría de Movilidad dispone:

  1. Establecer la obligatoriedad de portabilidad del certificado o carné de vacunación a todos usuarios y operadores de transporte público, comercial, escolar e Institucional, de acuerdo a la estructura del plan nacional de vacunación, para el uso de las unidades de transporte.
  2. Establecer el uso obligatorio y permanente de mascarilla que cubra nariz y boca, para todos los usuarios desde los dos años de edad en adelante, así como por parte de los operadores y su personal.
  3. Será responsabilidad de los operadores la verificación del cumplimiento de las medidas de bioseguridad y aforo autorizado en el transporte público establecido por el COE Nacional dentro de sus unidades.
  4. Establecer la obligatoriedad de realizar controles de manera aleatoria para la verificación de la portabilidad del certificado o carnet de vacunación, en puntos estratégicos determinados por la autoridad competente, estaciones de transferencia, microregionales, terminales y paradas intermedias del Sistema Troncalizado Metro Bus Q así como en unidades de transporte público convencional, comercial, escolar Institucional.
  5. Las ventanas y escotillas al interior de las unidades de transporte público, comercial, escolar e Institucional. Deberán permanecer abiertas de tal forma que permita la ventilación constante en su interior. En el caso de que las ventanas no se puedan abrir, las claraboyas deberán permanecer abiertas, de acuerdo a las condiciones climáticas.