Hasta el 31 de diciembre del 2021 se permitirá la circulación con licencias caducadas

Se permitirá la circulación con licencias caducadas

Hasta el 31 de diciembre del 2021 se permitirá la circulación con licencias caducadas – Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

 

Requisitos para Renovación

Atención hasta el 31 de diciembre del 2021 se permitirá la circulación con licencias caducadas, si deseas saber más sobre este importante tema, aquí en esta publicación tomada de la página oficial de la Agencia Nacional de Tránsito podrás encontrar todos los detalles.

El Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito, Adrián Castro, informa a la ciudadanía que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la vigencia y uso de las licencias que caducaron desde el 1 de enero de 2020. Esto en el contexto de la pandemia ocasionada por el Covid-19.

Por lo tanto, se permitirá la libre circulación de las personas portadoras de licencias caducadas en el período referido, siempre y cuando cuenten con el pago original de la especie, el turno impreso obtenido en la página web de la ANT y la licencia caducada o la denuncia en caso de pérdida o robo.

Circulación con licencias caducadas.- Asi mismo, de acuerdo a la Resolución Nº 056, hasta el 31 de diciembre de 2021, tendrán vigencia los documentos que se constituyen como requisitos previos para la obtención por primera vez, renovación y duplicados de licencia de conducir que han caducado y se hayan emitido desde el 1 de enero de 2020.

 

Renovación de licencias no profesionales

Descripción:

La renovación de licencias no profesionales se realiza cuando se caduca la licencia tipo A, B o F. (Se puede renovar hasta con 90 días previos a la caducidad) Esta publicación es tomada de la página oficial de la ANT.

  • Original de licencia de conducir caducada.
  • En caso de pérdida o robo, presentar la denuncia realizada ante el Consejo de la Judicatura. Puede realizar la denuncia aquí. No es necesario que esté firmada y/o sellada por la Fiscalía.
  • Original del resultado del examen psicosensométrico realizado en una de las Escuelas de Capacitación autorizadas por la ANT, vigente y aprobado.
  • Original de la cédula de identidad y/o ciudadanía.
  • Original del comprobante de pago.

Sistema Online

Procedimiento la Renovación de tu licencia:

  • Genera una orden de pago Aquí.
  • Paga el valor del trámite con tu orden de pago (Conoce los Puntos de Pago autorizados).
  • Una vez realizado el pago, obtén un turno para la emisión de licencia (Obtén tu turno Aquí).
  • Acercarse a la Agencia que consta en tu turno, 15 minutos antes de la hora asignada.
  • Espera que llamen a tu turno y
  • Realiza la evaluación teórica. Puedes revisar el Banco de Preguntas y el Simulador de Examen.
  • Espera la entrega de tu licencia.

Costo:

Licencia no profesional tipo A o B: $68.00

Licencia no profesional tipo F: $42.00

* En caso de ser persona natural extranjera, deberá presentar el Certificado de haber culminado la educación básica, el mismo que debe ser apostillado, traducido al español y notarizado.

* De ser el caso de renovación de licencia tipo F se requiere presentar el certificado médico psicológico emitido por el Ministerio de Salud Pública. No se requiere traer turno web impreso.

  • En caso de pérdida o robo presentar la denuncia realizada ante el Consejo de la Judicatura. No es necesario que esté firmada y/o sellada por la Fiscalía. Puedes realizar la denuncia Aquí.
  • El examen psicosensométrico tendrá una duración de 60 días calendario desde la fecha de emisión de la Escuela de Conducción autorizada por la ANT.
  • Pagar el valor de multas e infracciones pendientes, caso contrario no podrá realizar el trámite.
  • Las licencias de conducir para conductores profesionales y no profesionales sin excepción tendrán una vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de expedición.

Las licencias en el territorio Ecuatoriano se encuentran divididas en los siguientes Tipos

CATEGORÍA DE LICENCIAS
NO PROFESIONALESTIPOCARACTERÍSTICASVEHÍCULO
APara conducción de vehículos motorizados como: ciclomotores, motocicletas, tricar, cuadrones.
BPara automóviles y camionetas con acoplados de hasta 1,75 toneladas de carga útil o casas rodantes.
FPara automotores especiales adaptados de acuerdo a la capacidad especial del conductor.
PROFESIONALESA1Para conducir mototaxis o tricimotos de servicio comercial, y los del tipo A.
CPara taxis convencionales, ejecutivos, camionetas livianas o mixta hasta 3.500 kg, hasta 8 pasajeros; vehículos de transporte de pasajeros de no más de 25 asientos y los vehículos comprendidos en el tipo B
C1Para vehículos policiales, ambulancias militares, municipales, y en general todo vehículo del Estado ecuatoriano de emergencia y control de seguridad.
DPara servicio de pasajeros (intracantonales, interprovinciales, intra – provinciales, intraregionales y por cuenta propia); y para vehículos del Estado ecuatoriano comprendidos en el tipo B y no considerados en el tipo C1.
D1Para escolares, institucional y turismo, hasta 45 pasajeros.
EPara camiones pesados y extra pesados con o sin remolque de más de 3,5 toneladas, tráiler, volquetas, tanqueros, plataformas públicas, cuenta propia, otros camiones y los vehículos estatales con estas características.
E1Suspendida bajo resolución.
Para ferrocarriles, auto ferros, motobombas, trolebuses, para transportar mercancías o substancias peligrosas y otros vehículos especiales.
GPara maquinaria agrícola, maquinaria pesada, equipos camineros (tractores, moto niveladoras, retroexcavadoras, montacargas, palas mecánicas y otros).