Regulación del programa de participación estudiantil

Regulación del programa de participación estudiantil

Regulación del programa de participación estudiantil. Mediante Acuerdo Ministerial MINEDUC-2021-00024-A, con fecha 29 de abril de 2021, se expidió la normativa que regula el programa de participación estudiantil en las instituciones educativas del sistema nacional de educación, para estudiantes de 1.° y 2.° de Bachillerato de los planteles de sostenimiento fiscal, municipal, fiscomisional y particular, de educación escolarizada ordinaria, extraordinaria, especializada y estudiantes en situación de vulnerabilidad. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

 

Regulación del programa de participación estudiantil

El objetivo de esta normativa es promover la vinculación de los estudiantes con las necesidades reales de su comunidad, mediante la aplicación de los conocimientos adquiridos en el aula, en el desarrollo de proyectos educativos que contribuyan con soluciones a corto y mediano plazo a las distintas problemáticas que puedan presentarse en la comunidad educativa y/o ampliada, cumpliendo para el efecto con las 200 horas de trabajo establecidas como requisito previo para la obtención del título de bachiller.

Cabe señalar que la aplicación será obligatoria a partir del año lectivo 2021-2022 en los dos regímenes.

 

Artículo importante

Que, el artículo 2.2. de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, dispone: “Principios de aplicación de la Ley.- Para la aplicación de esta Ley y de las actividades educativas que de ella deriven, se observaran los siguientes principios: f. Corresponsabilidad.- El sistema educativo tiene la responsabilidad de gestionar las actuaciones necesarias para hacer efectivo el goce y ejercicio de derechos de las niñas, niños, adolescentes; y deberá coordinar
con otras entidades para la ejecución de sus actos. Las actuaciones administrativas aplicaran las medidas que faciliten el ejercicio de los derechos de las personas. La educación, formación e instrucción de las niñas, niños y adolescentes demanda corresponsabilidad en el esfuerzo compartido de estudiantes, familias, docentes, centros educativos, comunidad, instituciones del Estado, medios de comunicación y el conjunto de la sociedad, que se
orientaran por los principios de esta ley

Acuerdo Ministerial MINEDUC-2021-00024-A