La Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza ya está vigente

La Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza entró en vigencia en Ecuador. El documento fue publicado en el Registro Oficial este lunes 22 de agosto de 2022.

La polémica ley, cuestionada por el presidente Guillermo Lasso y por el ministro de Interior, Patricio Carrillo, fue aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 6 de agosto y acogió solo una de las 21 recomendaciones que planteó el Ejecutivo.

El Legislativo se ratificó en el contenido de los artículos 1, 4, 5, 10, 15, 17, 18, 19, 21, 31, 44, 54, 65, 66, 68; y las Disposiciones Reformatorias Primera, Séptima, Octava, Décimo Novena y Vigésimo Séptima.

Sin embargo, acogió la observación del Ejecutivo al artículo 14 sobre el nivel del uso legítimo de la fuerza, que dependerá del nivel de amenaza, resistencia, ataque o agresión.

Reacciones

Tras la aprobación de la ley, el Gobierno anunció que no está conforme con la normativa y que emitirá un reglamento que regule la aplicación de la ley. No obstante, distintos sectores han señalado que un reglamento, emitido vía decreto ejecutivo, no puede reformar una ley orgánica, aprobada por el Parlamento.

La Constitución de Ecuador precisa en su artículo 425 el orden jerárquico de aplicación de las normas. De mayor a menor, la Constitución es la normativa que prevalece en el país; en orden, le siguen: los tratados y convenios internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas municipales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas, y los acuerdos y las resoluciones.

Según la Policía Nacional, hay al menos tres aspectos de la ley que les preocupa. Entre ellos que el policía solo podrá utilizar su arma letal luego de que lo haga un presunto delincuente. Además, si un uniformado es procesado, la única garantía que se le concede es que se sustituya la prisión preventiva por otra medida cautelar, pero no será inmune a un procesamiento legal.

Los policías tampoco podrán hacer uso de su arma letal durante una manifestación aún cuando exista un grupo que pueda atentar contra la vida de otros manifestantes y de los miembros de la fuerza pública.

La ley, también, prohíbe el uso de perros o caballos para disuadir a manifestantes.