Inscripción de nacimientos (Registro Civil)

Inscripción de nacimientos (Registro Civil)

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Costos:

  • Inscripción oportuna: Gratuita (hasta 30 días de nacido)
  • Tardía: S 2.00 (pasado los 30 días de nacido)
  • Inscripción Tardía: $ 5.00 (pasado los 18 años)

Requisitos para la inscripción de nacimientos

  • Estadístico de Nacido Vivo INEC, sellado por la clínica u hospital más la firma sello y código del médico que atendió el parto, a excepción de aquellos profesionales que se encuentren realizando la práctica rural, sin alteraciones ni enmendadura.
  • Cédulas de ciudadanía, identidad, pasaporte, carnet de refugiado, actualizadas y vigentes de los padres (original y copia).
  • Presencia de los padres o uno de ellos en el caso de ser casados entre sí.
  • Presencia de ambos padres criando su estado civil sea soltero o diferente estado civil.
  • En caso de existir la unión de hecho presentar el documento que pruebe tal condición y la presencia de cualquiera de los dos padres.
  • En el caso de comparecer una tercera persona (abuelos, hermanos mayores de 18 años, parientes mayores de 18 años) presentar cédulas de ciudadanía de los progenitores con el estado civil casados entre sí o partida de matrimonio (en caso de ecuatorianos).
  • Se podrá inscribir a través de un mandatario, para el efecto se presentara poder especial y documento de identificación del mandatario (original y copia).
  • En el caso de padres extranjeros o matrimonio ocurrido en el exterior presentar acta de matrimonio legalizada o apostillada y de ser el caso traducida.

De inscripción tardias de nacimiento (pasado los 30 dias hasta los 14 años de edad)

  • Además de los requisitos generales es necesario:
  • Razón de inexistencia, otorgada por el jefe del Registro Civil Identificación y Cedulación del lugar de nacimiento.

Requisitos de inscripciones tardías de nacimiento (pasado los 14 años)

  • Además de los requisitos generales es necesario:
  • Razón de inexistencia otorgada el jefe del Registro Civil Identificación y Cedulación del lugar de nacimiento.
  • Certificado de estudios otorgado por el centro educativo correspondiente.

Requisitos de inscripciones tar días de nacimiento (mayores de 18 años)

  • Declaración juramentada de dos testigos ante autoridad competente, indicando el lugar y fecha de nacimiento del interesado, así como los nombres y apellidos completos y nacionalidad dolos padres.
  • Estas inscripciones se realizaran en las jefaturas de Registro Civil, Identificación y Cedulación del lugar donde se produjo el hecho o el domicilio del nacido

Inscripciones de nacimiento del exterior

Costos:

  • Razón de inexistencia: $2.00
  • Resolución administrativa $4.00
  • Pago de inscripción tardía cuando el inscrito ha cumplido /8 años: $5.00

Requisitos

  • Resolución otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores
  • Razón de inexistencia
  • Resolución administrativa
  • Cédulas de ciudadanía actualizadas de los padres (original y copia)
  • Pago de inscripción tardía de nacimiento cuando el inscrito ha cumplido 18 años
  • Poder especial para inscribir y reconocer cuando sea realizada por una tercera persona, copia de cédula o documento de identificación criando el solicitante sea extranjero.
  • Cuando uno o ambos padres son extranjeros y desean hacer constar el estado civil entre sí, acta de matrimonio actualizada (ecuatoriana)
  • Para hacer constar el estado civil y no conste en la sentencia cuando lino o dos padres sean extranjeros, acta de matrimonio actualizada.

Inscripciones de nacimiento en casa

Requisitos Generales Estadístico de nacido Vivo (INEC), que será llenado por el delegado del Registro Civil. Declaración Juramentada de dos testigos en el formato proporcionado por la entidad.

Inscripciones de nacimiento por adopción

  • Tres copias certificadas de la sentencia debidamente ejecutoriada
  • Cancelación de la primera inscripción.
  • Cédulas de ciudadania actualizadas del padre o madre ecuatoriana (original y copia)
  • Cédula de ciudadania o identidad ecuatoriana o del país de origen, pasaporte, carnet de refugiado o contraseña vigentes del padre o madre extranjera (original y copia)
  • En caso de tercera persona poder especial para inscribir o reconocer (copia de cédula o documento de identificación cuando el solicitante sea extranjero).
  • Para hacer constar el estado civil, y no conste en la sentencia cuando uno o ambos padres es extranjero, acta de matrimonio actualizada.

Inscripciones por exepción

  • Cuando los padres se encuentran privados de la libertad: Además de los requisitos generales Certificado de Permanecía otorgado por el centro de rehabilitación.
  • Poder especial en el formato preimpreso entregado por el registro Civil, lleno por el o la Trabajador Social del Centro, más la huella del pulgar derecho del detenido.
  • Solicitud dirigida a la Dirección General del Registro Civil Identificación Y Cedulación, para realizar la inscripción del menor.
  • Cédula ciudadanía o identidad del solicitante (original y copia)

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