Ecuador avanza hacia la prohibición de nuevos buses urbanos a combustión

Ecuador avanza hacia la prohibición de nuevos buses urbanos a combustión

Ecuador avanza hacia la prohibición de nuevos buses urbanos a combustión.  Un poco más de dos años se demoró el gobierno nacional en emitir el Reglamento para la Ley Orgánica de Eficiencia Energética que incentiva el uso de energías renovables, tecnología eficiente y vehículos eléctricos. Con el Reglamento, el país da un paso más para cumplir con la Ley, que permite vender sólo buses y vehículos comerciales urbanos eléctricos desde el 2025. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en los grupos de WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

El marco legal ecuatoriano entiende a la eficiencia energética, como la acción de “optimizar la relación entre la implementación de diversas medidas de gestión, de hábitos culturales en la comunidad e inversiones en tecnologías más eficientes, sin afectar al confort y calidad de vida”.

Así, mediante decreto No. 229, el presidente Lasso promulgó el Reglamento General de la Ley Orgánica de Eficiencia Energética. Este documento, que busca operativizar en pasos concretos la ley aprobada en 2019, hace algunas precisiones necesarias sobre la regencia, las actorías, la priorización de proyectos, entre otros aspectos.

En primer lugar, el reglamento da cuenta de los atributos formales.

El proceso regentado por el ministerio del ramo, y aplicada por el cuerpo gubernamental competente, el Consejo Nacional de Eficiencia Energética (CNEE), recibirá el asesoramiento de un Consejo Consultivo conformado por representantes de la sociedad civil, entre ellos académicos, gremios e interesantemente por consumidores; la selección final de estos colectivos se hará a partir de aquellos que, inscritos en el SUIOS, manifiesten su interés en participar, totalizando un máximo de 35 miembros.

Del mismo modo, el reglamento delimita que los GADs estén sujetos en esta materia a las competencias contenidas en el COOTAD. De su lado, las políticas que en materia de eficiencia energética adopte cada cartera ministerial, serán recogidas en el Plan de Eficiencia Energética (PLANEE).

No obstante, más allá de los aspectos de forma, en su parte medular el reglamento establece una tabla de consumo energético mensual, que clasifica por rangos a los sectores primario (agricultura, pesca y minería), secundario (manufactura) y terciario (servicios), a su vez subdivididos según industrias y su alto, mediano o bajo consumo. Curiosamente se ha categorizado al consumo de hogares dentro del sector terciario.

Como fuere, el objetivo detrás de catalogar a todos estos sectores, y en particular a las industrias más exigentes en electricidad como son la construcción, el sector comercial y el sector público, es que reporten al Estado anualmente su consumo, e implementen medidas para reducirlo.

A partir de enero de 2025, además, deberá acreditar la norma ecuatoriana de gestión de la energía (NTE-INEN-ISO:50001), objetivo mediado por los servicios prestados por un gestor de la energía, la contratación de una empresa de servicios de energéticos, y la fiscalización de un auditor energético.

El punto ciego de la clasificación, no obstante, radica en que en materia de transporte (catalogada como sector terciario de servicios comerciales) la medición realizada en kWh-mes, desconoce el consumo energético del transporte actual a combustión, simplemente por no ser directamente eléctrico. Según esta métrica, incluso un vehículo eléctrico, que se recarga de electricidad periódicamente, sería menos eficiente que uno que emplea gasolina.

Para comparar adecuadamente la eficiencia del motor eléctrico frente al de combustión, debe cotejarse la conversión de su fuente de energía en propulsión. En este caso, el del motor de combustión alcanza una eficiencia de apenas entre el 10% y el 20%.

La mayor parte de la energía utilizada (alrededor de un 70%) se pierde en forma de calor dentro del motor, y el resto se emplea en vencer la resistencia del aire, el freno y otras funciones mecánicas.
Mientras que en los vehículos eléctricos el paquete de baterías envía la energía directamente al motor que hace girar las ruedas. Logra así una eficiencia de un 80%, y una perdida energética por calor del 20%.

Por ello, y visto en perspectiva, el motor eléctrico no solo prescinde de emisiones de dióxido de carbono, sino que es más austero en términos energéticos.

Finalmente, aunque parezca una verdad de Perogrullo, el reglamento está afincado en promover la austeridad y el ahorro de electricidad. Son objetivos loables. Sin embargo, el problema fundamental del Ecuador no es tanto la escasez de energía, puesto que la cobertura del servicio bordea el 98% y la capacidad hidroeléctrica del país, bien administrada, puede abastecer una demanda todavía mayor. El énfasis debe estar entonces en la metamorfosis necesaria para que la tecnología e infraestructura que usamos, muy particularmente en el área del transporte, mejore. Sin duda ninguna, la movilidad eléctrica recoge el guante a tal desafío. Ecuador avanza hacia la prohibición de nuevos buses urbanos a combustión