Consultar impuesto predial Rumiñahui

Consultar impuesto predial Rumiñahui

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Consulte el valor a pagar del impuesto predial en Rumiñahui / Sangolquí para el año 2022. El GAD de Rumiñahui actualizó valores para el 2022.

El impuesto predial, es un tributo de carácter directo que graba a la propiedad de los bienes inmuebles ubicados en el Municipio del cantón Rumiñahui (Sangolqui y demás parroquias) o en donde se encuentre ubicado el predio.

Impuesto predial Rumiñahui.

Siga los pasos para consultar el impuesto predial de Rumiñahui:

En el siguiente formulario ingresar el número de cédula de identidad.
Presionar el botón «consultar»

1.- Consulta el impuesto Predial en el cantón Rumiñahui.

Sistema Online

CLIC AQUÍ

ruminahui

Otra opción para consultar.

Acudiendo personalmente a las ventanillas del Municipio de Rumiñahui – Sangolqui

Tomar en cuenta.

Los valores a pueden ser podrán ser consultados en la página web del Municipio desde el 1 de enero.
El interés por mora puede llegar al 10% si paga en diciembre.
Los pagos en los primeros días reciben un descuento, así como las personas discapacitadas y de la tercera edad.

Desglose de valores a pagar.

Dentro del pago del impuesto predial existen valores por concepto de:

Tasa de seguridad ciudadana
Cuerpo de bomberos
Descuentos
Impuesto urbano o rural

2.- Realice el pago del impuesto predial de Rumiñahui

Puede realizar el pago del impuesto predial de Rumiñahui en los bancos del sistema financiero así como en cooperativas y mutualistas:

Pagos en Linea del Municipio de Rumiñahui

  • Banco Bolivariano
  • Guayaquil
  • Internacional
  • Banco Pacífico
  • Banco Pichincha
  • ProduBanco
  • Machala
  • Proamérica
  • Cooperativas de Ahorro y Crédito
  • Mutualistas

Según articulo 503 los propietarios cuyos predios soporten deudas hipotecarias que graven al predio con motivo de su adquisición, construcción o mejora, tendrán derecho a solicitar que se les otorguen las deducciones correspondientes, según las siguientes normas:

Las solicitudes deberán presentarse en la dirección financiera, hasta el 30 de noviembre de cada año. Las solicitudes que se presenten con posterioridad sólo se tendrán en cuenta para el pago del tributo correspondiente al segundo semestre del año.