Consulta de RIMPE base de datos del SRI Ecuador
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Pasos para conocer si consta en el RIMPE(Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares), el nuevo régimen reemplaza al 2% de impuesto a las microempresas y al RISE.
¿Qué es el RIMPE?
Es un Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares, este régimen se creó mediante la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal que entró en vigencia por el Ministerio de la Ley.
El RIMPE agrupa a negocios populares y emprendedores.
Son personas naturales cuyos negocios genera ingresos anuales de hasta USD 20.000 en el ejercicio del año anterior, aquellos pagan el impuesto a la renta de USD 60 anuales.
Emprendedores.
Esta formado por personas naturales y jurídicas cuyos ingresos brutos anuales no superan los USD 300.000 en el ejercicio del año anterior, el impuesto a la renta lo pagan de acuerdo a la tabla.
Consultar si consta en el RIMPE
Cada contribuyente es responsable de conocer si cumple o no los requisitos para formar parte del RIMPE, pues, con el solo cumplimiento de dichos requisitos el contribuyente pasa a formar parte del régimen. Sin embargo, el SRI pone a disposición de la ciudadanía un listado referencial de los contribuyentes sujetos al RIMPE de acuerdo a la base de datos de la administración tributaria.
¿CÓMO SABER SI PERTENECE AL RIMPE (NUEVO RÉGIMEN DE MICROEMPRESAS)?
Se puede conocer descargando y consultando los listados referenciales (Base de datos) emitidos por el SRI, es importante tener en cuenta que si los ingresos son inferiores a USD 20.000 anuales se debe consultar en el listado de negocios populares.
Aquellas personas o negocios con ingresos de hasta USD 300.000 anuales deben consultar en el listado de emprendedores de la base de datos del SRI.
TABLA DE IMPUESTO A LA RENTA PARA RIMPE
ACTIVIDADES QUE NO ESTÁN SUJETAS AL RIMPE
Las personas naturales y jurídicas no forman parte del RIMPE si realizan alguna de las siguientes actividades:
- Actividades de transporte.
- Las actividades relacionadas a contratos de construcción y actividades de urbanización, lotización y otras similares (Arts. 28 y 29 de la Ley de Régimen Tributario Interno).
- Las actividades profesionales, mandatos y representaciones.
- Actividades agropecuarias.
- Actividades de comercializadoras de combustible.
- Las actividades en relación de dependencia.
- Sector de hidrocarburos, minería, petroquímica, laboratorios médicos y farmacéuticas, industrias básicas, financiero, seguros y Economía Popular y Solidaria.
- Rentas de capital.
- Inversión extranjera directa y actividades en asociación pública-privada.
- Regímenes especiales.
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