Turismo elimina restricción de entrada a visitantes africanos

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Turismo elimina restricción de entrada a visitantes de ocho países africanos

El Ministerio de Turismo de Ecuador eliminó la prohibición de ingreso al país a viajeros de ocho países de África impuesta desde noviembre del año pasado a raíz de la pandemia de coronavirus.

En un comunicado emitido este martes 25 de enero de 2022, la Cartera informó que se actualizaron los lineamientos de ingreso al país por fronteras aéreas; estos entrarán en vigencia el 29 de enero desde la medianoche.

El documento elimina la prohibición de ingreso al país a personas cuyos puntos de origen o tránsito sean:

  • Sudáfrica,
  • Botsuana,
  • Egipto,
  • Mozambique,
  • Lesoto,
  • Zimbabue,
  • Esuatini (Suazilandia)
  • Namibia

Como otros países, Ecuador varía los requisitos de acceso según la situación epidemiológica tanto dentro como fuera de su territorio, y en el caso de esos países africanos había impuesto la prohibición a raíz de la variante sudafricana.

El comunicado señala además que los requisitos generales para el ingreso al Ecuador continental e insular (Galápagos) se mantienen sin modificaciones, e incluyen una Declaración de salud al embarcar a la aerolínea, el carné de vacunación para mayores de 16 años y con al menos 14 días de vigencia, y el resultado negativo de una prueba PCR en tiempo real realizada hasta 72 horas previo al embarque.

Agrega además que las personas que provengan de países donde el protocolo de vacunación contemple la administración de la vacuna tras seis meses de la infección por covid-19, se tomará en cuenta el certificado de recuperación como si se tratara de un certificado de vacuna.

Requisitos para ingresar al Ecuador continental

Toda persona que ingrese a Ecuador continental deberá presentar de manera obligatoria:

  1. La Declaración de Salud del Viajero de forma digital al embarcar a la aerolínea, que está disponible en el siguiente enlace. Si la plataforma no se encuentra disponible se debe presentar el formulario físico. Los viajeros que llenen el formulario digital ya no requieren presentarlo en el punto de entrada al Ministerio de Salud.
  2. Los pasajeros mayores de 16 años deberán presentar de manera obligatoria el carné de vacunación completo, con al menos 14 días de vigencia después de completar el esquema y el resultado negativo de una prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real, realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador. Los tripulantes están exentos de estos requisitos.
  3. Las personas entre 2 y 16 años deberán presentar el resultado negativo de prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real, realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador.

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Ingreso a las islas Galápagos

Todo persona, independientemente de su categoría migratoria, deberá presentar de manera obligatoria:

  1. El carné de vacunación completo, con al menos 14 días de vigencia después de completar el esquema, y el resultado negativo de una prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real. Realizada hasta 72 horas previo al embarque al Galápagos. Los tripulantes están exentos de estos requisitos.
  2. Las personas de entre 2 y 16 años de edad deberán presentar el resultado negativo de una prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real realizada hasta 72 horas previo al embarque a Galápagos.
  3. Adicionalmente, los turistas nacionales o extranjeros deben presentar la tarjeta de control de tránsito. Emitida por el Consejo de Gobierno de Régimen Especial de Galápagos.

Otras recomendaciones:

  1. El único tipo de prueba autorizada para el ingreso al país es la prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real.
  2. Toda persona que haya sido diagnosticada con covid-19 y que luego de un mes siga obteniendo un resultado positivo en la prueba RT-PCR, deberá presentar un certificado médico emitido en el país de origen que avale su estado de salud de no estar en fase de contagio para el ingreso al Ecuador, siempre y cuando, tenga ausencia de síntomas.
  3. Para las personas que provengan de países donde el protocolo de vacunación contemple la administración de la vacuna tras 6 meses de la infección por covid-19 y que por este motivo no ha sido vacunada; el certificado emitido de la infección se tomará en cuenta como si se tratase de certificado de vacuna. A estas personas se les solicitará obligatoriamente el certificado de no haber recibido la vacuna por infección que no supere los 6 meses y la prueba negativa de RT-PCR.
  4. El pasajero que por su condición de salud no pueda recibir la vacuna contra el covid-19. Deberá presentar un certificado médico que avale dicha condición y se les solicitará obligatoriamente la prueba negativa de RT-PCR.
  5. Para los ciudadanos ecuatorianos que aún no hayan recibido su vacuna y requieran retornar al Ecuador. Recibirán al arribo la vacuna unidosis contra el covid-19 disponible.