Trámites y requisitos para adoptar un niño
Trámites y requisitos para adoptar un niño. La concepción representa para muchas parejas un sueño a cumplir, sin embargo determinadas condiciones y situaciones en algunos casos son impedimento para la concepción por vía natural. Algunas parejas recurren a la fertilización in vitro y otros métodos de concepción artificial para lograr su objetivo de quedar embarazados. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Estos métodos no siempre son efectivos o no necesariamente representen para la pareja la mejor vía para tener un hijo; en estos y muchos casos más la adopción se presenta como una opción salvadora.
En este artículo te presentamos los trámites y requisitos necesarios para adoptar a un niño en España.
El proceso en muchos casos no será sencillo, pero ciertamente valdrá la pena si tu deseo es formar una familia. No desesperes si todavía no conoces el proceso, ¡aquí te ayudaremos y lo haremos más fácil para ti!
Índice
1 Requisitos para adoptar a un niño
2 Documentos para adoptar a un niño
3 Trámites para adoptar a un niño en España
4 ¿Quién puede adoptar en España?
4.1 ¿Y si quiero adoptar desde fuera del país?
5 ¿A quién se pude adoptar?
6 Costo de adopción en España
7 ¿Pueden adoptar parejas homosexuales?
8 ¿Qué es una adopción?
8.1 ¿Por qué adoptar?
9 Agencias de Adopción internacional
Requisitos para adoptar a un niño
Dentro de los requisitos más importantes para proceder a la adopción de un menor se encuentran, tener la edad requerida, los recursos económicos para afrontar la responsabilidad y tener las ganas de pasar por el proceso y ¡ser padre!
También es necesario tomar en cuenta ciertas consideraciones si adoptarás en parejas. Deberán tener 2 años en caso de que sea la primera unión y 3 años en caso de que hubiese un matrimonio previo al actual.
Documentos para adoptar a un niño
- Certificado de idoneidad: Este documento acredita a la persona o pareja posee las capacidades necesarias para adoptar. De concretarse la adopción deben quedar garantizados en todo momento la protección del menor y el respeto a sus derechos fundamentales.
- Certificados penales, médico, de ingresos económicos.
- Acta de matrimonio (si es el caso)
Cada Comunidad Autónoma varía en los documentos que solicita asi que deberás estar atento a las regulaciones que se mantienen vigentes en tu localidad.
Trámites para adoptar a un niño en España
El proceso de tramitación de la adopción deberá ser realizado por los interesados de forma presencia ¡No podrás delegar esta tarea!. Primero deberás dirigirte al Servicio de Protección de Menores de tu Comunidad Autónoma y solicitar tu certificado de idoneidad.
A partir de esta acreditación, comienza un proceso de entrevistas y visitas en las cuales el encargado podrá supervisar y observar el estado de la vivienda en la cual el niño o niña vivirá. Esto suele llamarse estudio de perfiles.
Durante el momento de las entrevistas, paralelamente, los interesados deberán realizar un curso que los vaya entrenando en las habilidades que tendrán que desarrollar como futuros padres.
Una vez que termina este proceso, si se concede la idoneidad, ésta pasa a una lista de selección para que se le proponga un menor para adoptar. Comienza el acogimiento familiar preadoptivo, que es un período por el que el menor pasa a vivir un tiempo en casa de sus futuros padres adoptivos. Si todo va bien, la entidad pública correspondiente propone la adopción, que tiene que ser aprobada por el Juez.
Por último, se procede al registro civil para realizar la inscripción de la adopción y se le confiere los apellidos al niño o niña en cuestión.
¿Quién puede adoptar en España?
Para poder realizar la tramitación de una adopción, debes contar con al menos 25 años de edad (esto es un requisito indispensable). Si piensas adoptar con tu pareja, al menos uno debe tener esa edad cumplida. Además, el que adopta siempre debe tener al menos 14 años más que la persona que desean adoptar.
Otros requisitos que deberás tener en cuenta son:
- No tener una diferencia de edad superior a 40 años con él.
- Reunir unas características psicológicas y económicas necesarias.
- Si se trata de una pareja, haber convivido al menos 2 años.
En algunas Comunidades Autónomas, es necesario vivir en la región en que se pide la adopción.
¿Y si quiero adoptar desde fuera del país?
Para comenzar a tramitar la adopción de un niño extranjero es necesario ponerse en contacto con el organismo o institución competente de nuestra Comunidad Autónoma que pueda gestionar los procesos de adopción, y pedir una solicitud. ara que nos concedan la adopción del niño, el país de origen tendrá que dictar una resolución, normalmente de carácter judicial, aprobando la adopción.
Al haber completado este proceso, deberás ir al Consulado español en el país de origen del niño, para solicitar la inscripción en el Registro Civil Consular.
¿A quién se pude adoptar?
Se puede adoptar por regla general a los menores de edad no emancipados. Con esto nos referimos a aquellos que no que han sido declarados judicialmente ya libres de la patria potestad de sus padres.
Sólo hay una excepción, puede pasar que se pueda adoptar a un mayor de edad o un menor emancipado cuando justo antes de la emancipación o la mayoría de edad hubiera existido una situación ininterrumpida de acogimiento o convivencia, que hubiera empezado antes de que el que va a ser adoptado hubiera cumplido 14 años. En estos casos también se puede proceder a la adopción.
Costo de adopción en España
Los costos del proceso de adopción tienen que ver con los gastos en la tramitación. En adopciones nacionales los costos dependen de la Comunidad Autónoma en la que vivas pero pueden ir entre 0 y 10 euros.
Si quieres adoptar a un niño que provenga de otro país los gastos suelen ser mayores oscilando entre los 1.000 y los 30.000 euros dependiendo del país del cual provengan.
¿Pueden adoptar parejas homosexuales?
En España está permitido la adopción en parejas homosexuales siempre y cuando se encuentren casados. En cuanto a las parejas de hecho que quieran adoptar sólo podrán hacerlo si son heterosexuales.
Realmente cuando se habla de adoptar en pareja, se presta atención al tipo de pareja que las personas conforman. Según el código civil, la ley estipula o menciona en torno a la pareja “adopción por ambos cónyuges”. En un principio se podría llegar a pensar que sólo los casados tienen acceso a este tipo de trámite, sin embargo también le es permitido a las parejas de hecho. Lo que realmente ocurre en la práctica es que estas parejas enfrentan más complicaciones administrativas a la hora de completar la adopción.
¿Qué es una adopción?
Es un acto jurídico, es decir, regulado por la ley, por el cual una persona menor de edad pasa a ser hijo/a de unos padres (o sólo uno de ellos), que no son sus padres biológicos. La adopción es un acto que no puede deshacerse es decir, no podemos adoptar a un niño y luego arrepentirnos y anular la adopción.
A todos los efectos legales, el hijo adoptado es exactamente igual que el hijo biológico, y sus padres tienen los mismos deberes con él. El hijo adoptado también tendrá las mismas obligaciones con respecto a sus padres adoptivos al igual que tendría con sus padres biológicos.
Los deberes de los padres con respecto a sus hijos menores son los siguientes:
Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos, y proporcionarles una formación completa.
Representarlos y administrar sus bienes.
En tanto, los deberes de los hijos son los que presentamos a continuación:
Obedecer a los padres mientras estén bajo su potestad, y respetarles siempre.
Contribuir equitativamente, según sus posibilidades, a las cargas de la familia mientras convivan con ella.
En consecuencia, cuando la madre o el padre adoptivo haya tenido alguna conducta de las que por ley llevan a la pérdida de la patria potestad de los hijos, la perderán también en el caso de los hijos adoptados.
¿Por qué adoptar?
En la gran mayoría de los casos los niños y niñas suelen criarse con sus padres o con familiares cercanos que velen por su salud y bienestar. Desafortunadamente, hay múltiples casos en que las condiciones del embarazo o al momento de la crianza le imposibilitan a los padres tomar responsabilidad de sus hijos o simplemente sus intereses no están en la paternidad.
La adopción existe para solucionar esas situaciones en las que un niño no puede ser criado en su propia familia, normalmente por falta de recursos económicos para brindarles lo necesario. Hay también otras circunstancias que pueden obligar a dar un hijo en adopción, como por ejemplo, en determinados países en los que está prohibido tener más de un hijo, y si se tiene alguno más, tiene que ser entregado en adopción.
Lo cierto es que ante el desamparo de los niños y el deseo de ser padres, personas que desean adoptar abren sus brazos para conformar su propia familia.
Agencias de Adopción internacional
Las Entidades Colaboradoras en Adopción Internacional o también llamadas agencias de adopción internacional, son entidades sin ánimo de lucro que protegen a los menores, facilitando su adopción en el extranjero. Son manejadas y monitoreadas por las Comunidades Autónomas y los países de origen de los menores que van a adoptarse.
Te presentamos algunas de ellas:
- AAIM (Asociación de Ayuda a los Niños del Mundo)
- AASF (Asociación para la Adopción sin Fronteras)
- ABRA (Asociación para la Adopción de Menores en Brasil)
- ACI (Asociación para el Cuidado de la Infancia)
- ADAI (Asociación Española de Adopción Internacional)
- ADECOP (Entidad Colaboradora de Adopción Internacional)
- ADIB (Asociación para la Adopción Internacional de Baleares)
- ADOIN (Asociación de Adopción Internacional)
- ADOPTA ADOS (Asociación de Orientación para la Salud Comunitaria)
- AIPAME (Asociación Internacional de Protección y Ayuda a los Menores del Este)
- AJUDA’M (Ayuda y Fomento de la Adopción Internacional del Menor)
- AKUNA INTERNACIONAL
- AMIGOS DEL NEPAL
- AMOFREM(Asociación Motivación, Familia y Recursos Matrimoniales)
- ANDAI (Asociación Nacional de Acogida Infantil)
- ANDENI (Asociación Nacional para la Defensa del Niño)
- ASEFA (Asociación Española de Atención y Apoyo a Familia y Adopción)
- ASHRAM(Asociación Humanitaria para la Adopción Internacional de Menores)
- AYA (Asociación de Ayuda a la Adopción)