Tercer grado de consanguinidad y afinidad
Tercer grado de consanguinidad y afinidad. Conozca quienes de sus parientes se encuentran en el tercer grado de consanguinidad o afinidad en Ecuador. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Recordemos que el parentesco por consanguinidad(tercer grado) es aquel parentesco entre familiares propios, y el parentesco por afinidad(tercer grado) es el que surge con respecto a los familiares del cónyuge.
TERCER GRADO DE CONSANGUINIDAD Y AFINIDAD
Para mayor claridad, vamos a suponer al parentesco en relación suya [usted], para que logre un mejor entendimiento.
Familiares en tercer grado de consaguinidad.
- Sus tíos
- Sus sobrinos
Familiares en tercer grado de afinidad.
- Tíos de su cónyuge
- Sobrinos de su cónyuge
El tercer grado de consanguinidad y afinidad está claramente determinado en los artículos 22 y 23 del Código Civil Ecuatoriano.
Base legal.
Art. 22 y Art 23 del Código civil
Consanguinidad es la relación de sangre entre dos personas: los parientes consanguíneos son aquellos que comparten sangre por tener algún pariente común; los parientes no consanguíneos son aquellos que no presentan un vínculo de sangre, pero que son parientes por un vínculo legal (matrimonio o adopción). A esta otra relación de parentesco se le denomina afinidad.
La consanguinidad y la afinidad son términos muy utilizados en derecho. El parentesco es muy importante para todos los sistemas jurídicos, y sobre ese concepto se basa el Derecho de familia o el Derecho de sucesiones.
En muchos sistemas jurídicos, la consanguinidad se equipara a la relación de adopción, de forma que no existe diferencia entre un pariente de sangre y uno adoptado. De esta forma, el hijo adoptivo tiene los mismos derechos que el hijo natural e, incluso, un nieto adoptivo tiene los mismos derechos que uno natural (casos de herencia, alimentos, etcétera), a pesar de que esos parientes más lejanos en la línea sucesoria no hubiesen prestado su consentimiento en el momento de la adopción.