Seguro de Cesantía ISSFA

 INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

ISSFA

SEGURO DE CESANTÍA

Seguro de Cesantía- ISSFA:

Protege al militar que se separa del servicio activo mediante la baja y acredita en la institución armada un mínimo de veinte años de servicio activo y efectivo, sin abonos por tiempo de servicio ni tiempo de servicio civil.

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El factor de ponderación dos punto cinco (2.5) multiplicado por el haber militar que percibe el militar a la fecha de la baja y por el tiempo de servicio activo y efectivo, acreditado en la Institución, expresado en años completos.

Beneficiarios

iss-ISSFA

Requisitos

Documentos del afiliado:
  1. Solicitud dirigida al Director del ISSFA.
  2. Partida de nacimiento.
  3. Copia de la cédula de ciudadanía.
  4. Liquidación ISSFA del tiempo de servicio del causante, otorgada por el Archivo General del MIDENA.
  5. Hoja de salida en el caso de la Fuerza Terrestre. Cierre de crédito para la Fuerza Naval. Certificado del Jefe de Sueldos, para la Fuerza Aérea.
  6. Certificado de la Dirección de Movilización sobre la entrega de tarjetas del solicitante y sus dependientes, así como haberse presentado en la Sección de Reservas.
Documentos de los dependientes del militar:
  1. Partida de matrimonio o sentencia de unión de hecho (cónyuge)
  2. Copia de cédulas de ciudadanía (cónyuge, hijos y padres)
  3. Para hijos menores, partidas de nacimiento.
  4. Para hijos mayores entre los 18 y 25 años de edad los requisitos exigidos para el trámite de ACTUALIZACIÓN DE DATOS.

Todos estos documentos deberán presentarse en las Direcciones de Bienestar Social o de Personal de las Fuerzas.