Seguro de Cesantía ISSFA
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
ISSFA
SEGURO DE CESANTÍA
Seguro de Cesantía- ISSFA:
Protege al militar que se separa del servicio activo mediante la baja y acredita en la institución armada un mínimo de veinte años de servicio activo y efectivo, sin abonos por tiempo de servicio ni tiempo de servicio civil.
El factor de ponderación dos punto cinco (2.5) multiplicado por el haber militar que percibe el militar a la fecha de la baja y por el tiempo de servicio activo y efectivo, acreditado en la Institución, expresado en años completos.
Beneficiarios
Requisitos
Documentos del afiliado:
- Solicitud dirigida al Director del ISSFA.
- Partida de nacimiento.
- Copia de la cédula de ciudadanía.
- Liquidación ISSFA del tiempo de servicio del causante, otorgada por el Archivo General del MIDENA.
- Hoja de salida en el caso de la Fuerza Terrestre. Cierre de crédito para la Fuerza Naval. Certificado del Jefe de Sueldos, para la Fuerza Aérea.
- Certificado de la Dirección de Movilización sobre la entrega de tarjetas del solicitante y sus dependientes, así como haberse presentado en la Sección de Reservas.
Documentos de los dependientes del militar:
- Partida de matrimonio o sentencia de unión de hecho (cónyuge)
- Copia de cédulas de ciudadanía (cónyuge, hijos y padres)
- Para hijos menores, partidas de nacimiento.
- Para hijos mayores entre los 18 y 25 años de edad los requisitos exigidos para el trámite de ACTUALIZACIÓN DE DATOS.
Todos estos documentos deberán presentarse en las Direcciones de Bienestar Social o de Personal de las Fuerzas.