Requisitos para retirar Cesantías

Requisitos para retirar Cesantías

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Índice

1 Requisitos para retirar Cesantías
1.1 Para educación superior
1.2 Cursos de idiomas extranjeros o diplomados
1.3 Si es por estudios no formales, Trabajo y Desarrollo humano
1.4 Termino de relación empleador – empleado
1.5 Por la compra de una vivienda
1.6 Prestación de servicio militar
1.7 Por cambio a salario integral
1.8 Por fallecimiento del afiliado
1.9 Por ser independientes
1.10 Por Cesantías Retroactivas
2 Qué son las Cesantías
3 Aspectos a tomar en cuenta para retirar las Cesantías
4 Tipos de retiro de Cesantías
4.1 Retiro Parcial
4.2 Retiro Completo
5 Dónde se pueden retirar las Cesantías

1 Requisitos para retirar Cesantías

Los requisitos que debe de cumplir para poder retirar cesantías para cada categoría son las siguientes:

1.1 Para educación superior

En este caso, El certificado de la institución educativa o la copia del recibo de pago de la institución educativa, que se encuentre autorizada por el Ministerio de Educación, en donde se describa:

  • Nombre de la carrera.
  • Monto de semestre o de la matricula a llevar a cabo.
  • Nombre del estudiante.

Para la cancelación del crédito con el ICETEX, debes de añadir el estado de cuenta emitido por el ICETEX o el movimiento de cuenta donde se pueda aprecia el monto de la deuda o el precio a pagar y el nombre del estudiante.

1.2 Cursos de idiomas extranjeros o diplomados

Para esta situación debe de entregar el certificado de la institución educativa que cuente con el reconocimiento del país, debe de tener en cuenta que el curso de idiomas o el diplomado complementa el pensum académico de educación superior.

1.3 Si es por estudios no formales, Trabajo y Desarrollo humano

Entregar la resolución de aprobación señalando la institución educativa para el “Trabajo y el Desarrollo Humano” en esta resolución tiene que autorizar el programa que va a cursar, de acuerdo a la orden de matrícula, del mismo modo tiene que añadir los documentos en caso de que el retiro sea para:

  • Hijo/a: copia del registro civil de nacimiento.
  • Cónyuge: copia del registro de matrimonio.
  • Compañero/a permanente: declaración jurada en donde detalle el tiempo de convivencia, esto tiene que ser igual o mayor a dos años.

1.4 Termino de relación empleador – empleado

En esta situación los documentos que se requieren por lo general son los siguientes:

  • Copia ampliada al 150%  del documento de identificación.
  • Soporte original de culminación del contrato, en alguna de las siguientes condiciones:
  • Notificación de aceptación de la renuncia, con membrete y firma original de tu patrono, donde se detalle tus nombres y apellidos y el número de documento de identidad.
  • Recibo de tu liquidación con membrete y signado por tu patrono.
  • Certificación laboral en donde manifieste el tiempo de inicio y culminación de tu contrato de trabajo, que tenga firma orinal. Este documento no se puede entregar en la circunstancia de retiro por medio de las oficinas del banco AV. Villas.

1.5 Por la compra de una vivienda

En este caso debe de entregar los siguientes documentos:

  • Copia ampliada al 150%  del documento de identificación.
  • Titulo original en hoja con membrete de la compañía, la cual incluya: el nombre completo, la firma y el cargo del individuo que autoriza por parte del patrono y en donde se notifique que se comprobara que las cesantías se invertirán en la adquisición, mejor o liberación de bien raíces, pago de crédito hipotecario o impuesto predial destinado a la vivienda del afiliado.

Dicho documento debe detallar la siguiente información:

  • Nombres y apellidos, número de identificación.
  • Monto autorizado.
  • Nombre completo y número de identificación del beneficiario, este puede ser el mismo afiliado o un tercero.
  • Señalar lo estipulado en la ley 1439 de 2010 en su artículo 21.

El empleado se encuentra obligado a confirmar y estar alerta de la inversión del dinero autorizado en la circunstancia que el retiro sea para la compra de una vivienda o reparación locativa.

1.6 Prestación de servicio militar

En este caso debe de presentar:

  • Copia ampliada al 150% de documento de identificación.
  • Carta escrita y signada por el patrono notificando que el trabajador fue llamada a prestar el servicio militar.

1.7 Por cambio a salario integral

En la circunstancia que se trate del cambio de salario integral debe presentar:

  • Copia ampliada al 150% de documento de identificación.
  • Documento original con signatura del patrono notificando el cambio a salario integral y la fecha en la cual comienza.

1.8 Por fallecimiento del afiliado

En este caso los beneficiarios tiene que entregar en la oficinas de Porvenir la documentación señalando en la planilla de retiro de Cesantías por Fallecimiento de Afiliado.

1.9 Por ser independientes

En el caso de que sean independientes tiene que entregar los siguientes papeles para retirar las cesantías:

  • Documento de identificación.
  • Copia de cédula ampliada al 150%.

1.10 Por Cesantías Retroactivas

En el caso de las cesantías retroactivas se encuentran disponibles las líneas de servicio al cliente y las oficinas.

2 Qué son las Cesantías

Al hablar de las cesantías se refiera al dinero que se tiene que consignar anualmente, donde el plazo máximo es hasta el 14 de febrero por parte del patrono.

El patrono no se encuentra obligado a reconocer dicha prestación en el caso de que el trabajador cobre un salario integral, con esto quiere decir más de 10 sueldo mínimo legales mensuales vigentes, o en el caso de que el contrato laboral sea por prestación de servicio.

3 Aspectos a tomar en cuenta para retirar las Cesantías

Cada una de esas personas que posea una relación empleador – empleado y continúen con una conexión con un entre empresarial, por medio de un documento en donde hayan cláusulas de compromiso, cumpliendo previo a nada con los requerimiento para retirar las cesantías.

En esta puede ser: Cesantías, vacaciones, prima de servicios y sus intereses.

Sede acotar que las cesantías son un derecho irrenunciable, del mismo modo, son el resultado de cada año laborando en donde al empleado se le dé un mes de salario mensual.

Al momento de necesitar el dinero ahorrado, se tiene que cumplir distintas normas y requerimientos establecidos por la ley.

4 Tipos de retiro de Cesantías

En relación al artículo 253 del código sustantivo del trabajo, donde se determina que las cesantías empiezan a contar desde el primer día de trabajo hasta el último día laborado por el trabajador.

En el caso de que se encuentren en el historial del trabajador unas variantes de los salarios, se debe de tener presente el último periodo devengado, en el caso de que este sea menor se debe de efectuar un promedio del sueldo y de acuerdo a esto se realizaran los cálculos de su liquidación luego de concluir su relación de trabajo.

4.1 Retiro Parcial

Este retiro concierne a una parte de las cesantías que se tienen acumulados, Es posible que tu saldo quede en cero pero tu cuenta no será cancelada:

Para Educación:

  • Créditos del ICETEX.
  • Superior postgrado y pregrado.
  • Educación para el trabajo y el desarrollo humano, el cual era conocido como Educación No Formal.

Para Vivienda:

  • Pago de créditos hipotecarios.
  • Compra de vivienda o lote.
  • Pago de impuesto como el de valorización y el predial.
  • Reparaciones locativas.

4.2 Retiro Completo

Este retiro concierne al retiro total de tus cesantías acumuladas, en este retiro tu saldo queda en cero y la cuenta individual queda cancelada:

  • Adopción del sistema de salario integral.
  • Convocatoria al servicio militar.
  • Fallecimiento del afiliado.
  • Culminación del contrato de trabajo.
  • Sustitución patronal.

5 Dónde se pueden retirar las Cesantías

En primer lugar para retira las cesantías debe de conocer donde se encuentran dichas cesantías y una manera efectiva y  rápida para hacerlo es por medio de:

  1. Porvenir: por medio del portal web oficial puede ampliar la información que quiere conocer, asimismo, le brindaran un asesor virtual para asistirlo en su búsqueda, ya que cuenta con un chat de comunicación.
  2. Colfondos: a través del Contac Center puede efectuar la consulta de las cesantías, por medio de este enlace web.
  3. FNA: A través de este instituto y por medio de los teléfonos de Bogotá +571 307 7070 y por medio de la línea nacional 01 8000 52 7070. También se encuentra habilitado un número destinado a whatsapp para realizar la consultas de cesantías 57 310 0205 1492.

También puede comunicarse a los números habilitados para esto

  • Barranquilla 385 5151
  • Bogotá 744 7678
  • Cali 485 7272
  • Medellín 604 1555
  • Y para el resto del país 01 800 510800.

Esperamos que este contenido te haya sido de mucha ayuda,gracias por leernos.

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