Quienes son pensionistas del IESS
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Son pensionistas del IESS los afiliados y afiliadas que cumplen los requisitos para jubilarse por invalidez, discapacidad o vejez; cónyuges o convivientes con derecho, hijos e hijas de hasta 18 años de edad y los de cualquier edad que se encuentren incapacitados para el trabajo; el padre y la madre de los asegurados con derecho que reciben una pensión mensual vitalicia o temporal.
Los pensionistas están protegidos con prestaciones asistenciales y económicas de los Seguros de Salud, de Pensiones y de Riesgos del Trabajo.
El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) informó este lunes 31 de enero del 2022 que incrementó del 40% al 50% la capacidad de endeudamiento de este segmento de asegurados, la cual es considerada para el cálculo del monto de este tipo de préstamos.
Mediante una base con los informes técnicos presentados por la actual administración, el Directorio de la Institución estableció este cambio por medio de la Resolución No. BIESS-DIR-RS-006-0049-2022 el pasado viernes 28 de enero con el objetivo de ayudar a las familias ecuatorianas a enfrentar la crisis económica, ocasionada por la pandemia del covid-19.
Para Iván Tobar, gerente general del Biess, “los préstamos quirografarios se han constituido en un mecanismo efectivo para el pago de deudas, para cubrir necesidades urgentes e incluso para el inicio de emprendimientos, por lo que no solo se estaría apoyando a las finanzas de los jubilados y de sus familias; sino también a la recuperación económica nacional”.
El incremento del porcentaje de la capacidad de pago de los jubilados, inicialmente, tendrá una vigencia de seis meses.
¿Cómo acceder al beneficio?
Los jubilados y pensionistas podrán acceder a este beneficio con los siguientes requisito:
- Encontrarse en goce de una pensión jubilar otorgada por el IESS.
- No ser mayor de 78 años de edad.
- Registrar en el IESS una cuenta bancaria personal e individual a nombre del jubilado o pensionista.
- No tener obligaciones vencidas con el IESS o Biess.
- No tener en trámite solicitudes para el otorgamiento de préstamos hipotecarios quirografarios.
- En caso de novaciones, el jubilado o pensionista debe haber cancelado al meno el 25% del total de los dividendos del crédito a novar.
- Los jubilados y pensionistas pueden novar su crédito hasta cinco años plazo dependiendo su rango de edad.