Proyecto de ley de vivienda de interés social

Proyecto de ley de vivienda de interés social

Proyecto de ley de vivienda de interés social. Con la aprobación de la Asamblea Nacional, el proyecto pasará a conocimiento del Ejecutivo para su sanción o veto dentro de un plazo de treinta días. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

La Asamblea Nacional, este 6 de enero, aprobó en segundo y definitivo debate el proyecto de Ley Orgánica de Vivienda de Interés Social. En este se establece el régimen para la rectoría, planificación, regulación, control y producción de viviendas seguras y saludables en el Ecuador.

Esta normativa otorga a los Gobiernos autónomos descentralizados las herramientas legales para el aprovechamiento de gestión de la vivienda destinada a sectores populares.

En el debate participaron 24 asambleístas que formularon varias observaciones al texto planteado. Sin embargo, el proyecto pasó a votación de manera directa y no regresó a la comisión de Gobiernos Autónomos para recoger textos relacionados con la titularización de las tierras por parte de los municipios y distritos metropolitanos. El proyecto se aprobó con 131 votos.

La nueva normativa, que pasará a conocimiento del Ejecutivo, crea la modalidad de arrendamiento social con opción de compra. Esto será destinado para las personas que por sus ingresos económicos no son consideradas sujetos de crédito.

Información sobre el contrato

En esa clase de contrato, el beneficiario no adquiere la propiedad de manera inmediata. Pero una vez cumplido el plazo determinado y consignados todos los pagos mensuales, tiene el derecho a exigir que se proceda a la suscripción del respectivo contrato de compraventa.

Para reforzar la responsabilidad, se establece un régimen sancionatorio para beneficiarios y entes involucrados, públicos y privados. En los proyectos de vivienda de interés social, que hayan incumplido con sus obligaciones o incurrido en inobservancias y negligencias en el desarrollo de proyectos de vivienda.

En caso de que el arrendatario no ejerza la opción de compra o no cumpla con las condiciones; debe proceder a devolver el inmueble arrendado y este hecho bajo ningún concepto conlleva a la devolución de dinero a favor del arrendatario; ya que los pagos realizados en el marco del contrato constituyen el canon de arrendamiento fijado entre las partes.

Programas y subsidios

Los programas de vivienda de interés social, según lo aprobado, se implementarán en suelo urbano y rural dotado de infraestructura para servicios básicos; y promoverán la integración socio-espacial de la población mediante su localización, preferentemente, en áreas consolidadas de las zonas urbanas y rurales con excepción de los suelos destinados al uso agropecuario o extractivo.

El banco de suelo es creado para vivienda de interés social, como ente rector de hábitat y vivienda, al que serán asignados todos los predios, terrenos y propiedades estatales en desuso o subutilizadas. Esto, en todo el territorio nacional y que cumplan con las condiciones de urbanización requeridas o sean potencialmente urbanizables, de conformidad con la Ley. Esta asignación, exceptúa todos los predios, terrenos y propiedades del Régimen Autónomo Descentralizado, los cuales podrán ser cedidos al ente rector de hábitat y vivienda, voluntariamente.

En qué consiste el subsidio

Se establece un subsidio para la vivienda de interés social, que consistirá en un aporte estatal en dinero o en especie, total o parcial. El objetivo es adquirir una casa sea nueva o usada o un terreno con destino a autoconstrucción de vivienda.

En el debate, el asambleísta Salvador Quishpe, de la bancada Pachakutik, se enfocó en la titularización de las tierras. Planteó una disposición transitoria para que en el plazo de un año, en coordinación entre el Ministerio de Vivienda y en algunos casos el de Agricultura y los municipios, proceda a legalizar las tierras en favor de quienes viven por años y no tienen la titularización.

Se incluyan sanciones a las autoridades que no agilizan los servicios básicos para las personas que viven en sectores suburbanos.

Juan Fernando Flores, del movimiento oficialista CREO, observó la necesidad de eliminar del proyecto la creación de un consejo consultivo de vivienda de interés social, para evitar duplicidad de instituciones cuando ya un organismo similar lo contempla la Ley del Consejo de Participación Ciudadana.

Marlon Cadena, de la ID, lamentó que en el país muchos predios no tengan la titularización de sus predios. Por ello insistió en aprobar el proyecto que dispone que dentro de las competencias de Gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos expidan la normativa necesaria que agilice los procedimientos y plazos para la regularización de los derechos de propiedad.

Las observaciones que no fueron recogidas tras el segundo debate serán incorporadas una vez que se presente el veto parcial al proyecto, dijo el presidente de la mesa de Gobiernos autónomos, Celestino Chumpi (PK). (I)