Peritos Consejo de la Judicatura
CONSEJO DE LA JUDICATURA
Peritos Consejo de la Judicatura
De acuerdo a lo determinado en la Constitución de la República del Ecuador en su Art.178 inciso sexto, el Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial.
A su vez el Art. 254 inciso segundo del Código Orgánico de la Función Judicial determina que el Consejo de la Judicatura es un órgano instrumental para asegurar el correcto, eficiente y coordinado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, autónomos y auxiliares de la Función Judicial, sin que esto signifique atentar contra el principio de independencia interna y externa de dicha Función del Estado.
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