Multas económicas por infracciones laborales

Multas económicas por infracciones laborales

Multas económicas por infracciones laborales. Valores establecidos en el acuerdo No. MDT-2016-0303 por concepto de multas a los incumplimientos de obligaciones e infracciones laborales por parte de los empleadores. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

 

 

Multas económicas por infracciones laborales

Se sancionará a los infractores en función directa de la infracción cometida, de acuerdo a la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y sanción y;
el número de trabajadores afectados, cuando corresponda el caso. Las sanciones se establecerán en relación a cada infracción en la que hubiera incurrido la o el empleador; sin embargo, estas no excederán del valor de 20 salarios básicos unificados del trabajador en general por cada infracción cometida, pero si podrá acumularse varias multas por diferentes incumplimientos.

Clasificación de las infracciones

Las infracciones se clasificarán como leves, graves y muy graves con respecto a las violaciones de las obligaciones de los empleadores prescritas en el artículo 42 del Código del Trabajo o el irrespeto de estos a las prohibiciones establecidas en el artículo 44 del mismo Código, o en las leyes afines conforme lo determina el Mandato Constituyente 8 y su respectivo Reglamento de aplicación, así como también en los Acuerdos Ministeriales en la materia:

Micro y pequeña empresa:

Medianas y grandes empresas:

Las empresas se clasifican de acuerdo a los umbrales establecidos en el artículo 3 de la Decisión 702 de la Comunidad Andina (CAN), primando siempre el valor bruto de ventas sobre el criterio de personal ocupado, según el siguiente cuadro:

 

Tamaño de empresaVentas AnualesPersonal Ocupado
Microempresa< $ 100.0001 a 9
Pequeña$100.001 a $1.000.00010 – 49
Mediana A$1.000.001 a 2.000.00050 – 99
Mediana B$2.000.001 a 5.000.000100 – 199
Grande> a 5 millones200 o mas

 

Base Legal:

Acuerdo: No. MDT-2016-0303 S2RO 937 3-2-2017

Resumen libre preparado por JEZL CONTADORES AUDITORES CIA. LTDA., no constituye asesoramiento, para una interpretación o aplicación de la NORMA, es necesario remitirse a su texto original.

 

infraccion