Ministerio de Salud regulará precios de pruebas PCR
Ministerio de Salud regulará precios de pruebas PCR.El presidente del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, Juan Zapata, señaló este miércoles 14 de abril que se ordenó al Ministerio de Salud Pública (MSP) que regule en todo el país el costo de las pruebas PCR para detectar la COVID-19. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Ministerio de Salud regulará precios de pruebas PCR
“Hay diferentes precios y la ciudadanía necesita hacerse esas pruebas”, indicó Zapata en una rueda de prensa en el ECU 911 de Samborondón, en Guayas, desde donde se dieron a conocer las recientes resoluciones del COE Nacional.
La prueba RT-PCR, que se realiza mediante un hisopado nasofaríngeo, es el test más exacto para detectar si una persona es portadora o no del SARS-CoV-2. “Ojalá la regulación sea en el precio más bajo”, añadió Zapata.
Actualmente, en algunos laboratorios de Guayaquil, el precio de este examen fluctúa entre 58 y 90 dólares. Los resultados pueden demorar entre 24 y 36 horas. ECUAVISA
Criterio para pruebas rápidas del tarifario
La Subcomisión del Tarifario determinó que el uso de la prueba rápida está sujeto a criterio y pertinencia médica, conforme lo establece el Art. 72 literal e de la Norma técnica sustitutiva de relacionamiento para la prestación de servicios de salud entre instituciones de la Red Pública Integral de Salud y de la Red Privada Complementaria, y su reconocimiento económico emitida mediante Acuerdo Ministerial No. 0091-2017 publicado en el Registro Oficial Nº 20 de 28 de junio de 2017.
No se debe homologar el código de la prueba rápida para la determinación de anticuerpos contra virus SARS, COV2 AC IGG / IGM con ningún código de Laboratorio, debido a que, la prueba rápida, está catalogada como dispositivo médico, por lo cual, debe ser facturada de esa forma.
Al estar considerada como un dispositivo médico, ya está establecida la forma de facturación en la Sección A, Normas Generales Capítulo II Numeral 6. Medicamentos y Dispositivos Médicos del Tarifario de Prestaciones para el Sistema Nacional de Salud 2014.