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Marca registrada en Costa Rica

Marca registrada en Costa Rica. Interesado en registrar una marca y quieres conocer todos los paso para hacerlo, sigue con nosotros para enterarte como. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

A través del Registro de la Propiedad Industrial, se realizan consultas de las marcas, denominaciones de origen y emblemas oficiales, entre otras cosas.

Por medio de una base de datos de signos característicos, esta herramienta para consulta es Base Mundial de datos sobre Marcas, esta le permite a la persona la búsqueda de información sobre marcas de más de 40 oficinas de PI del mundo

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Los solicitantes costarricenses pueden elegir como gestionar la indagación internacional  en el contexto del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), a través de  la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y pueden favorecer de significativos descuentos en las tasas respectivos.

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Cómo crear una marca                

En primer lugar es comprender  las nociones esenciales de lo  que es una marca y como se distingue de un nombre comercial.

Son los signos o combinación de símbolos que identifican un producto o empresa de manera sencilla según lo estipula la Ley de marca.

Por considerarse estos idóneos como señales o características para reconocer propiedades o servicios a los que se atribuyan ante los de su misma especie o clase.

Un nombre comercial se utiliza para registrar establecimientos comerciales como locales, pero no son reconocidos ante la ley como marcas comerciales o de servicios.

Esta publicación hace referencia al proceso y requisitos para registra una marca.

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  • Tener un presupuesto

Este proceso le va costar al menos $130. El costo total va depender de las clases (como se le llama a las categorías de servicios o productos que asocie a la marca) que desee registrar.

Por cada clase que se registre a la marca se paga $50 y eso a su vez va influir en el costo de los edictos en La Gaceta (costo por carácter).

  • Tener un nombre para la marca

Para realizar el proceso de registro de marca debemos tener un nombre ya pensado, que es el que queremos registrar. Es importante verificar su disponibilidad  en la página web del registro o bien en las computadoras disponibles en la sala de consulta del Registro de la Propiedad.

Para verificarlo desde el sitio web del registro, es necesario crearse un usuario en la página.

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  • Tener un logo

Una vez que haya verificado que su marca no ha sido registrada, puede iniciar el diseño de un logo que identifique a la marca.

Los logos también se registran, por eso es importante tenerlo listo al momento de registrar la marca y así aprovechar hacerlo en un mismo trámite. Si registramos solo el nombre de la marca y luego queremos agregarle el logo, debemos pagar de nuevo todo el proceso de registro.

  • Identificar las clases

Las clases son las categorías de servicios o productos que se quieren vincular con la marca y están definidas según la Clasificación Internacional de Productos y Servicios NIZA.

Es importante revisar todas las clases y definir cuáles se quiere registrar con la marca, cada una detalla los productos o servicios que incluyen.

Tomen en cuenta que cada clase tiene un costo de $50 en el proceso de registro.

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Registro de marca en Costa Rica                            

Para registrar una marca en Costa Rica, se realiza un procedimiento que puede tardar alrededor de cinco meses aproximadamente, que comprende a partir de la manifestación de la solicitud hasta la obtener el documento de registro.

Las  etapas del proceso de registro de una marca se pueden  resumir así:

  1. Introducción de la petición del registro de la marca.
  2. Revisión de la estructura de la solicitud, en el que se comprueba que esta respete las exigencias establecidas en la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y su Reglamento.
  3. Inspeccionar a profundidad la petición, para comprobar que no hay parecido o semejanza entre la marca que se gestiona y alguna marca ya registrada.
  4. De no haber inconveniente alguna de esencia, el Registro de la Propiedad Industrial publica un aviso de difusión del registro marcario.
  5. El aviso se anuncia en el Diario Oficial La Gaceta, una vez  publicado, terceras personas tienen un lapso de 2 meses para objetar al registro, en caso de no tener oposición, la marca queda registrada.
  6. Se otorga el documento de Registro, el cual tiene validez por 10 años contados a partir de su inscripción, y puede ser renovado por períodos iguales.

La solicitud de registro será presentada por un abogado especializado.

Usted recibirá un reporte de marca presentada además de una copia escaneada de la solicitud.

Podrá revisar el avance del proceso de registro desde su cuenta en Marcaria.com.

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Estudio de Factibilidad de Registro                      

Antes de presentar su solicitud de registro de marca en Costa Rica, es importante que evalúe posibles oposiciones u objeciones que pueden surgir durante el proceso de registro. El Estudio de Factibilidad de Registro es un reporte preparado por abogados especializado en propiedad intelectual, el cual le presentará no solo una búsqueda de marcas similares (gráficas/fonéticas) que pueden entrar en conflicto con la suya, sino que además de un análisis y opinión sobre las posibilidades de registro.

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Qué organismo se encarga de registrar una marca                        

En el  Registro Nacional, se encuentra adscrita una organización con autoridad administrativa.

la cual es la encargada de la inscribir y el registrar los derechos en materia de Propiedad Industrial.

esta institución se denomina Registro de la Propiedad Industrial.

Esta organización presta los servicios de  filiación  absoluta de lo que concierne a patentes de invención, modelos industriales, marcas comerciales, firmas de ganado, modelos de utilidad, dibujos, nombres comerciales, expresiones o señales de publicidad comerciales, y otros signos característicos.

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Ley de marcas y otros signos distintivos                            

Esta  ley tiene por objetivo resguardar realmente, los derechos e intereses genufacultad de provecho justo de los consumidores.

También, se aspira favorecer a la desarrollo de la creación tecnológica y a la transmisión y producción de la tecnología, en favor correspondiente de industriales y beneficiarios de las nociones tecnológicos, a manera que contribuyan el bienestar socioeconómico y el equilibrio de derechos y obligaciones.

Además desarrolla los procedimientos requeridos para garantizar la aplicación efectiva de los compromisos establecidos en los tratados internacionales vigentes.

Por consiguiente se realizan los siguientes significados:

  • Signo distintivo: relaciona  un carácter  que conforme una marca, un nombre comercial o un emblema.
  • Marca colectiva: se dice que es la figura o composición de signos cuyo autorizado es una personalidad colectiva que congrega a individuos facultadas por el propietario para utilizar el lema.
  • Persona: se refiere  al individuo físico o jurídico.
  • Marca: es cualquier logo o mezcla de signos que aceda diferenciar los bienes o servicios de una persona de los de otra.
  • Emblema: es una señal representativa que determina y diferencia una compañía o un local.
  • Marca de certificación: se refiere al código o combinación de estos que se emplea a mercancías o servicios cuyas particulares o disposición han sido registradas y legalizadas.
  • Nombre comercial: Signo denominativo o mixto que identifica y distingue una empresa o un establecimiento comercial determinado.