Las críticas al Consejo de Participación persisten
La potestad del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), de nombrar a las autoridades de control sobre la base de concursos de oposición y méritos, está en el ojo del huracán.
El tema ha levantado debates de todo tipo, sobre todo críticas, por cuanto actores políticos han señalado que en el gobierno anterior se nombraron personas afines al expresidente Rafael Correa.
En una nota publicada el viernes 1 de marzo en EL TELÉGRAFO, se confirmó que la entidad fue conformada por funcionarios que trabajaron en instituciones públicas y que respondían a designios de Alianza PAIS, también dominada por el anterior mandatario.
Esto causó que personajes como el excontralor Carlos Pólit, actualmente prófugo de la justicia, acusado de recibir $ 10 millones en coimas de Odebrecht, sea ratificado en el cargo por el CPCCS.
El exfuncionario obtuvo un puntaje de 100 sobre 100 en el proceso que se efectuó en el 2012; en el concurso realizado en marzo de 2017 obtuvo 95 sobre 100 y fue ratificado.
Los escándalos motivaron la consulta popular de febrero de 2017. La mayoría de ciudadanos autorizó que seadestituido el CPCCS y reemplazado por un órgano transitorio, que evalúe a las autoridades y, de ser el caso, cesarlos en sus funciones.
Este organismo con poderes extraordinarios se conformó con Julio César Trujillo, como presidente; Pablo Dávila, Xavier Zavala, Miryam Félix, Luis Macas, Luis Hernández y Eduardo Mendoza.
El consejo transitorio inició las evaluaciones, que finalizaron en noviembre del 2018 y motivaron la destitución de casi todas las autoridades; solo pasó este proceso un juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
En todas las conclusiones de los 27 informes de evaluación a cada autoridad, se destacó que todos tenían conflictos de intereses desde antes de su designación porque fueron funcionarios o asesores del expresidente.
Por eso no podían ser elegidos, pues a más de vulnerar el principio de imparcialidad, violaron los propios reglamentos de selección y esto se convirtió en un factor que incrementó la corrupción.
Las conclusiones confirmaron la desconfianza en esta entidad que se convirtió en un apéndice del Ejecutivo. “Esta llamada función de transparencia es realmente un disparate, porque no es una función del Estado, porque la lucha contra la corrupción es tarea de todos”, reclamó Trujillo, quien propuso una consulta popular para eliminar este organismo.
La propuesta fue trasladada al presidente de la República, Lenín Moreno, para viabilizar el planteamiento, pues se consideró que el consejo no cumple con el mandato constitucional y puede ser usado por gobiernos autoritarios.
Mecanismos
Pero el camino para una reforma de la institución no es tan fácil, ya que se necesita de una enmienda constitucional que implica aplicar un referéndum, acorde con lo que indica el artículo 441 de la Constitución.
A esta corriente se han sumado voces de diferentes sectores que están a favor de quitarle atribuciones a la entidad o desaparecerla.
El constitucionalista Diego Zambrano opinó que la eventual supresión del Consejo de Participación implica cambios al texto constitucional, para lo cual se establecen caminos, que no son alternativos sino mandatorios para quienes promueven tal ajuste.
Dado que el consejo constituye un órgano creado por la Constitución como parte de la Función de Transparencia y Control Social, su supresión modificaría la estructura del Estado, lo que remite al ámbito de la reforma parcial.
“No así el cambio de sus competencias, que por no afectar a la estructura orgánica como tal, podría ser materia de enmiendaconstitucional” afirmó Zambrano.
¿Eliminar el CPCCS altera la estructura fundamental de la Constitución o el carácter y los elementos constitutivos del Estado? No queda claro sobre lo que significa alterar la estructura fundamental de la Constitución, qué quiere decir carácter del Estado o a qué elementos constitutivos del Estado se hace alusión.
“Asumamos que esta estructura esté dada por la distribución de funciones que realiza la Constitución; entonces hablamos de una función del Estado, por lo que alguien podría sostener que eliminarla supondría alterar la estructura”, señaló Mauricio Maldonado, profesor de Derecho Constitucional, de la Universidad San Francisco de Quito.
El CPCCS es un órgano de la Función de Transparencia, pero no es el único. “Y fuera de sus potestades nominadoras, ni siquiera se puede decir que sea la más importante”, afirmó Maldonado.
Por estos motivos opinó que eliminar el CPCCS sería beneficioso para nuestra sociedad, porque fue una instancia introducida a propósito para un controldesde el Estado, no por la ciudadanía.
Consideró que un órgano como el CPCCS no solo que es anómalo en los sistemas democrático-constitucionales, sino que facilita peligrosamente la instauración de una autocraciatravestida de democracia participativa.
El Ejecutivo analiza la manera en que se podría presentar esta propuesta para Consulta Popular, luego de las elecciones. (I)