Homologación títulos Base legal LOEI
La Homologación de títulos – Base legal. Conozca la base legal de la homologación de títulos del extranjero. Los estudiantes ecuatorianos o extranjeros que hayan realizado sus estudios equivalentes a Educación General Básica y/o Bachillerato en el exterior. Y que cuentan con la documentación original de estudios legalizados. O con apostilla pueden realizar el reconocimiento de estudios para su acceso al Sistema Educativo Nacional. Asimismo u homologar sus títulos para la inclusión laboral y acceso a la Educación Superior.
Homologación de títulos Base legal: Ley Orgánica de Educación Intercultural Bilingüe
Art. 52.- Del reconocimiento de estudios en el exterior. – Para el reconocimiento de niveles cursados en el exterior y de los títulos de bachiller o su equivalente obtenidos en el extranjero. Se aplicarán el principio de reciprocidad y la homologación. Para tal efecto, se aplicarán criterios de flexibilidad y razonabilidad, anteponiendo además los derechos de igualdad y equidad. Asimismo el interés de la comunidad educativa, la interculturalidad y el Interés Superior del Niño.
La Autoridad Educativa Nacional reformulará las políticas que sean necesarias para facilitar el ingreso. Nivelación e integración de las y los estudiantes que opten por ingresar al Sistema Nacional de Educación escolarizado del país. En cada uno de sus niveles. Asimismo en ningún caso, las autoridades del ramo dictarán resoluciones que limiten el derecho a la educación de persona alguna, sin importar cual fuere su condición u origen.
Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural Bilingüe – Homologación títulos base legal
Art. 166.- Legalización y apostillamiento. – Los ecuatorianos o extranjeros, cualquiera sea su condición de movilidad humana, que hayan realizado estudios equivalentes a Educación General Básica y/o Bachillerato en el exterior que cuenten con documentación original de estudios legalizado o con apostilla pueden presentar dichos documentos para el reconocimiento legal en el Nivel Distrital.
Asimismo las personas que hayan realizado estudios equivalentes a Educación General Básica y/o Bachillerato en países con los que el Ecuador mantiene convenios de reconocimiento de títulos no necesitarán legalizar ni apostillar su documentación de estudios.