Feriados Ecuador Nacionales
Feriados Ecuador Nacionales –
Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Feriados 2022 Ecuador (Nacionales):
Fecha | Fiesta | Datos adicionales |
1 de enero | Año nuevo | Viernes 31 de diciembre de 2021, no recuperable |
28 de febrero y 1 de marzo | Carnaval | Lunes y martes, no recuperable |
15 de abril | Viernes santo | No recuperable |
1 de mayo | Día del trabajo | Lunes 2 de Mayo, 30 de abril, no recuperable |
24 de mayo | Batalla del Pichincha | Lunes 23 de mayo, no recuperable |
10 de agosto | Primer grito de independencia | Viernes 12 de agosto, no recuperable |
9 de octubre | Independencia de Guayaquil | Lunes, 10 de actubre, no recuperable |
2 de noviembre | Día de los Difuntos | Viernes 4 de noviembre, No recuperable |
3 de noviembre | Independencia de Cuenca | Jueves 3 de noviembre, No recuperable |
6 diciembre | Fundación de Quito | Lunes 5 de diciembre, no recuperable, solo Quito |
25 de diciembre | Navidad | Lunes 26 de diciembre |
Feriados 2022 Ecuador (Locales):
Evento | Fecha |
Cantonización de Santa Elena | viernes 22 de enero |
Provincialización de Napo | viernes 11 de febrero |
Provincialización de Sucumbíos | sábado 12 de febrero (pasa al viernes 11) |
Provincialización de Galápagos | viernes 18 de febrero |
Fiesta de las Flores y de las Frutas | lunes 28 de febrero y martes 1 de marzo (Fiestas de Carnaval) |
Provincialización de Cotopaxi | viernes 1 de abril |
Fundación de Cuenca | martes 12 de abril (pasa al lunes 11) |
Cantonización de La Libertad | jueves 14 de abril (pasa al viernes 15) |
Cantonización de Azogues | sábado 16 de abril (pasa al viernes 15) |
Cantonización de Coca | miércoles 20 de abril (pasa al viernes 22) |
Independencia de Riobamba | jueves 21 de abril (pasa al viernes 22) |
Provincialización de El Oro | sábado 23 de abril (pasa al vierne 22) |
Cantonización de Puyo | jueves 12 de mayo (pasa al viernes 13) |
Fundación de Babahoyo | viernes 27 de mayo |
Cantonización de Macas | domingo 29 de mayo (pasa al lunes 30) |
Provincialización de Imbabura | sábado 25 de junio (pasa al viernes 24) |
Cantonización de Machala | sábado 25 de junio pasa al viernes 24) |
Cantonización de Chone | domingo 24 de julio (pasa al lunes 25) |
Fundación de Guayaquil | lunes 25 de julio |
Cantonización de Santo Domingo | domingo 3 de julio (pasa al lunes 4) |
Provincialización de Orellana | sábado 30 de julio (pasa al viernes 29) |
Independencia de Esmeraldas | viernes 5 de agosto |
Fundación de Chone | domingo 7 de agosto (pasa al lunes 8) |
Fundación de Ibarra | miércoles 28 de septiembre (pasa al viernes 30) |
Feriado en Mocache por el Día de la Interculturalidad | miércoles 12 de octubre |
Fundación de Durán | domingo 16 de octubre (pasa al lunes 17) |
Independencia de Portoviejo | martes 18 de octubre (pasa al lunes 17) |
Fiestas patronales de la Virgen de la O en Chone | domingo 30 de octubre |
Cantonización de Samborondón | lunes 31 de octubre |
Provincialización de Los Ríos | jueves 6 de octubre (pasa al viernes 7) |
Cantonización de Zamora | jueves 6 de octubre (pasa al viernes 7) |
Cantonización de Quevedo | viernes 7 de octubre |
Independencia de Guaranda | jueves 10 de noviembre (pasa al viernes 11) |
Provincialización de Morona Santiago | jueves 10 de noviembre (pasa al viernes 11) |
Provincialización de Pastaza | jueves 10 de noviembre (pasa al viernes 11) |
Provincialización de Zamora Chinchipe | jueves 10 de noviembre (pasa al viernes 11). (I) |
Independencia de Latacunga | viernes 11 de noviembre |
Fundación de Riobamba | viernes 11 de noviembre |
Independencia de Ambato | sábado 12 de noviembre (pasa al viernes 11) |
Fundación de Tena | martes 15 de noviembre (pasa al lunes 14) |
Independencia de Loja | viernes 18 de noviembre |
Provincialización de Carchi | sábado 19 de noviembre (pasa al viernes 18) |
Provincialización de Esmeraldas | lunes 21 de noviembre |
Independencia de Azogues | viernes 4 de noviembre |
Cantonización de Manta | viernes 4 de noviembre |
Provincialización de Santo Domingo | domingo 6 de noviembre (pasa al lunes 7) |
Provincialización de Santa Elena | lunes 8 de noviembre |
Cantonización de Salinas | jueves 22 de diciembre (pasa al viernes 23) |
Fundación de Quito | martes 6 de diciembre (pasa al lunes 5) |
Fundación de Loja | jueves 8 de diciembre (pasa al viernes 9) |
Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo, SRO 906, 20-12-2016.
Cuando los días feriados de descanso obligatorio a nivel nacional o local establecidos en la Ley, correspondan a los días sábados o domingos, el descanso se trasladará, respectivamente, al anterior día viernes o al posterior día lunes.
En el caso de que los días feriados nacionales y/o locales coincidan en días continuos, se aplicarán las siguientes reglas:
- a) Si esos días feriados coinciden con lunes y martes, los días de descanso obligatorio no se trasladarán, igual regla se aplicará en caso de que los días de feriado coincidan con los días jueves y viernes;
- b) Si los feriados coinciden con los días martes y miércoles, el día de descanso obligatorio del día miércoles pasará al lunes inmediato anterior al día martes de feriado y este último día no será objeto de traslado;
- c) Si los días de feriado coinciden con los días miércoles y jueves, el día de descanso obligatorio del día miércoles se moverá al viernes inmediato siguiente, y el día jueves de feriado no será objeto de traslado;
- d) Si los días feriados coinciden con los días viernes y sábado, el día de descanso obligatorio del día sábado pasará al día jueves anterior al día viernes de feriado; y,
- e) Si los días feriados coinciden con los días domingo y lunes, el día de descanso obligatorio del día domingo se trasladará al día martes siguiente al día lunes de feriado.
Feriados 2021 Ecuador:
Fecha | Fiesta | Dato |
1 de enero | Año nuevo | Viernes, no recuperable |
15 y 16 de febrero | Carnaval | Lunes y martes, no recuperable |
2 de abril | Viernes santo | No recuperable |
1 de mayo | Día del trabajo | Viernes, 30 de abril, no recuperable |
24 de mayo | Batalla del Pichincha | Lunes, no recuperable |
10 de agosto | Primer grito de independencia | Lunes 9 de agosto, no recuperable |
9 de octubre | Independencia de Guayaquil | Viernes, 8 de actubre, no recuperable |
1, 2 y 3 de noviembre | Difuntos, e independencia de Cuenca | 1 y 2, no recuperables, 3 recuperable * |
6 diciembre | Fundación de Quito | Lunes, no recuperable, solo Quito |
25 de diciembre | Navidad | Viernes 24 |
* Decreto No. 222 del 15-10-2021
Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo, SRO 906, 20-12-2016.
Cuando los días feriados de descanso obligatorio a nivel nacional o local establecidos en la Ley, correspondan a los días sábados o domingos, el descanso se trasladará, respectivamente, al anterior día viernes o al posterior día lunes.
En el caso de que los días feriados nacionales y/o locales coincidan en días continuos, se aplicarán las siguientes reglas:
- a) Si esos días feriados coinciden con lunes y martes, los días de descanso obligatorio no se trasladarán, igual regla se aplicará en caso de que los días de feriado coincidan con los días jueves y viernes;
- b) Si los feriados coinciden con los días martes y miércoles, el día de descanso obligatorio del día miércoles pasará al lunes inmediato anterior al día martes de feriado y este último día no será objeto de traslado;
- c) Si los días de feriado coinciden con los días miércoles y jueves, el día de descanso obligatorio del día miércoles se moverá al viernes inmediato siguiente, y el día jueves de feriado no será objeto de traslado;
- d) Si los días feriados coinciden con los días viernes y sábado, el día de descanso obligatorio del día sábado pasará al día jueves anterior al día viernes de feriado; y,
- e) Si los días feriados coinciden con los días domingo y lunes, el día de descanso obligatorio del día domingo se trasladará al día martes siguiente al día lunes de feriado.
Este es un resumen libre, no constituye asesoramiento, para cualquier aplicación o interpretación de la norma, es necesario remitirse a su su texto original.