Españoles en Ecuador podrán votar hasta el domingo

El Consulado General de España en Quito informó el jueves 7 de noviembre de 2019 de la ampliación del plazo de votación de los residentes españoles en su demarcación para que puedan ejercer ese derecho hasta el próximo domingo 10 de noviembre.

En un correo electrónico a la comunidad española el Consulado explica que la Junta Electoral Central ha acordado abrir un plazo extraordinario para el depósito del voto en Oficinas Consulares.

Y por ello la sede en la capital de Ecuador abrirá el sábado y domingo próximos, «exclusivamente para recibir los votos que se depositen en urna, y los sobres de voto que se reciban por correo».

El sábado se permitirá la votación de 9:00 a 20:00 horas, mientras que el domingo será de 9:00 a 12:00 horas.

La comunidad española en Ecuador comenzó el miércoles 6 de noviembre de 2019 a votar para las elecciones generales del 10N en España, con un número mayor de electores registrados que en las anteriores y una afluencia superior en las primeras horas.

En Ecuador hay censados alrededor de 60.000 españoles, buena parte de ellos también con nacionalidad ecuatoriana, aunque también figuran empresarios, profesionales liberales y de otra índole arraigados en el país, aunque los que solicitaron votar rondan los 900.

El registro de matrícula consular en Quito se estima en alrededor de 30.000 personas, de las que 759 han pedido la documentación para poder sufragar, mientras que en los anteriores comicios se recibieron 611 solicitudes.

En Guayaquil, donde se registran más de 30.000 españoles residentes, apenas un centenar ha solicitado la opción de poder ejercer el derecho a voto, que podrán también hacer hasta el domingo.

El cónsul general de España en Quito, Antonio Luis Ramos, explicó a Efe que su legación busca «facilitar el ejercicio del derecho al voto en el exterior a través de dos modalidades: el voto para residentes españoles en Ecuador y para no residentes«.

En ambos casos se trata de un voto rogado, es decir, que debe ser solicitado, pero el Consulado no ha esperado a recibir nuevas solicitudes y los españoles residentes que ya las cursaron en los comicios del 28 de abril, han recibido la documentación necesaria.

Los españoles residentes pueden depositar los sufragios en la urna del Consulado o remitir el sobre al mismo, mientras que los no residentes deben enviar la documentación -cuya receptación ha sido tramitada por la sede consular- directamente a la autoridad electoral en España. (I)