Crédito para construir una vivienda
Crédito para construir una vivienda. Conozca los requisitos del Crédito hipotecario Biess para Construcción de vivienda. Edifique su vivienda en terreno libre, sobre o junto a construcciones ya existentes que no presenten gravamen. Se podrá financiar la construcción en bienes declarados como propiedad horizontal, siempre y cuando el inmueble que este debajo del que se pretende construir sea del peticionario. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Sistema online
Ventajas competitivas del préstamo hipotecario Crédito para construir
- Crédito de construcción al interés, más bajo del mercado.
- Plazo máximo 25 años.
- Precalificación automática en línea.
Préstamo hipotecario destinado para:
- Edificación de viviendas en terrenos libres
- Sobre o junto a construcciones ya existentes
- Terminación de unidades en condiciones inhabitables
Requisitos de aportación Crédito para construir.
Requisitos para el Afiliado en calidad de dependencia 1.0
- Tener 12 últimas aportaciones consecutivas.
- Si es representante legal de una empresa, no debe tener obligaciones pendientes.
- Estar dentro del límite de edad requerido (75 años).
- No estar registrado como afiliado voluntario.
- Su empleador actual, no debe pertenecer a la zafra.
- Su empleador actual, no debe pertenecer al Seguro Social Campesino.
- No tener préstamo hipotecario vigente, con el IESS o Biess en MORA.
- No tener un préstamo hipotecario vigente adquirido bajo la modalidad de compra o redescuento de cartera, con el IESS o Biess.
- Vivienda terminada en trámite.
- Construcción de vivienda en trámite.
- Remodelación y ampliación de vivienda en trámite.
- Sustitución de Hipoteca.
- Adquisición de Terreno.
- Adquisición de Terreno y Construcción.
Requisitos para el Afiliado en calidad de dependencia 1.1
- No tener una solicitud de préstamo hipotecario, para Adquisición de Inmueble.
- Vivienda Terminada Hipotecada.
- Contener en curso una Línea de Crédito, para Construcción de Vivienda y/o inactiva la tabla de amortización del préstamo hipotecario concedido.
- Portar con los valores pendientes de pago, por concepto de gastos instrumentación en solicitudes anuladas de Préstamo Hipotecario con el IESS, Biess.
- Obligaciones Vigentes como Garante o Fiador por concepto de Préstamos Hipotecarios para Voluntarios.
- Dividendos de préstamos con el IESS o Biess en mora.
- Existencia de Préstamos Quirografarios vigentes con el IESS concedidos a través del Sistema Antiguo del IESS.
- Existencia de Préstamos Quirografarios vigentes con el IESS concedidos a través de Historia Laboral, o con el Biess.
- No estar registrado en la base de datos del IESS, con una enfermedad degenerativa.
- Usted debe aprobar la calificación crediticia del Biess.
Requisitos para jubilados 1.0
- El pensionista de vejez o jubilado debe encontrarse en goce de pensión, otorgada por el IESS.
- No tener obligaciones vencidas, con el IESS o Biess debe tener obligaciones pendientes.
- Si es representante legal de una empresa no debe tener obligaciones pendientes.
- No tener préstamo hipotecario vigente con el IESS o BIESS en MORA.
- No tener un préstamo vigente adquirido bajo la modalidad de compra o redescuento de cartera con el IESS o Biess.
- Vivienda terminada en trámite.
- Construcción de vivienda en trámite.
- remodelación y ampliación de vivienda en trámite.
- Sustitución de Hipoteca.
- Adquisición de Terreno.
- Adquisición de Terreno y Construcción.
Requisitos para jubilados 1.1
- Préstamo para Adquisición de Inmueble.
- No portar con ninguna solicitud para Vivienda Terminada Hipotecada.
- No contener en curso una Línea de Crédito para Construcción de Vivienda y/o inactiva la tabla de amortización del préstamo hipotecario concedido.
- Valores pendientes de pago por concepto de gastos instrumentación en solicitudes anuladas de Préstamo Hipotecario con el IESS o Biess.
- Obligaciones Vigentes como Garante o Fiador por concepto de Préstamos Hipotecarios para Voluntarios.
- No poseer dividendos de préstamos con el IESS o Biess en mora.
- Existencia de Préstamos Quirografarios vigentes con el IESS, concedidos a través del Sistema Antiguo del IESS.
- Existencia de Préstamos Quirografarios vigentes con el IESS, concedidos a través de Historia Laboral o con el Biess.
- No estar registrado en la base de datos del IESS con una enfermedad degenerativa.
- Usted debe aprobar la calificación crediticia del Biess.
Condiciones de Financiamiento del Crédito para construir
Monto y Financiamiento
- Si el valor del presupuesto de construcción es menor o igual a USD 125.000, podrá financiarse el 100% hasta USD 100.000; si es superior a USD 125.000, el Biess financiará el 80% del costo total de dicho presupuesto y la diferencia deberá ser cubierta por el solicitante.
- El Biess financiará sólo costos directos.
- Se debe tomar en cuenta que la gracia es sólo para el capital; los intereses generados en la etapa de construcción desde el primer desembolso hasta el primer pago serán cobrados prorrateadamente en la tabla de amortización.
Plazo Máximo
- Hasta 25 años.
- Edad máximo para otorgar un crédito 75 años.
Tasa de Interés
La tasa de interés que se concederá para los préstamos hipotecarios, fluctúa de acuerdo con el plazo, tomando como referencia la Tasa Activa Efectiva Referencial del Segmento de Vivienda publicada por el Banco Central del Ecuador, considerando los plazos máximos de pago. La tasa se reajustará cada 180 días.
Re -financiamiento / Re-estructuración de Crédito para construir
Los afiliados o jubilados que realicen pagos puntuales, pero prevean la posibilidad de incumplir sus obligaciones crediticias, podrán solicitar al Biess el refinanciamiento de su crédito hipotecario, modificándose las condiciones principales del crédito, los plazos correspondientes, las tasas de interés y las cuotas mensuales.
Si el usuario incumple sus obligaciones crediticias y experimenta dificultades debido a graves debilidades financieras, niveles de riesgo superiores a los normales, capacidad de pago nula o insuficiente, el banco podrá, a petición del cliente, reestructurar la deuda, revisar las condiciones principales del préstamo y formular Nuevo plan de pagos, cancelación anticipada de deudas vencidas.
Capacidad de Endeudamiento
Depende de la capacidad de pago tomando en cuenta su valor de jubilación como su endeudamiento promedio mensual
- El Jubilado o Pensionista puede comprometer hasta el 40% de sus ingresos netos, una vez deducidas las deudas reportadas por el Buró de Crédito y de la Central de Riesgos.
- Se tomará en cuenta la pensión que recibe mensualmente del IESS.