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Cómo saber si recibo Subsidio Familiar

Dentro de la sociedad podemos encontrar diferentes tipos de estándares sociales, algunos son de la clase alta y poseen los recursos necesarios para cubrir todos sus gusto y sobreexcederse en gastos.

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Pero también podemos encontrar grupos de personas de clase media que poseen los recursos económicos para cubrir todas sus necesidades pero encontramos personas que no poseen el suficiente ingreso conocidos como clase baja y cabe destacar que este último corresponden a un alto índice de la sociedad.

Debido a esto los países han buscado opciones para brindar apoyo a las familias y hogares que necesiten esta ayuda o quizás familias que están iniciando y soliciten el respaldo del gobierno,

Por ello, Chile ha establecido el subsidio familiar otorgado aquellas familias que poseen un bajo ingreso económico o los padres legales no se encuentren presente dentro del núcleo central.

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Índice

1 Cómo saber si recibo Subsidio Familiar
2 Qué es el Subsidio Familiar
3 A quién va dirigido el Subsidio Familiar
3.0.1 Requisitos para el causante del subsidio familiar.
3.0.2 Requisitos para los beneficiarios del subsidio familiar.
4 Cómo tramitar el Subsidio Familiar
5 Requisitos para tramitar el Subsidio Familiar
6 Cuál es la vigencia del Subsidio Familiar
7 Cuál es el monto del Subsidio Familiar

 

Cómo saber si recibo Subsidio Familiar

Para optar al subsidio familiar se debe tomar que el conjunto familiar, posee un bajo ingreso económico y que no posee asignación familiar o maternal. También comprende a personas que no poseen un contrato fijo.

La persona debe pertenecer al 60% de la población con bajos recursos de acuerdo a la clasificación del Registro Social de Hogares (RSH).

Qué es el Subsidio Familiar

El subsidio familiar también se define como Subsidio Único Familiar (SUF), es exclusivo para personas que posean bajos recursos económicos.

Al no ser trabajadores con un contrato fijo, no gozan de varios beneficios. Ha de entregarse el subsidio a las cargas familiares menores de 18 años. Las personas que optan por este subsidio es porque no poseen asignación familiar y asignación maternal.

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Aquellas personas que opten al subsidio deben tomar en cuenta, no poseer un beneficio de:

  • Los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares correspondiente a las asignaciones familiares.
  • Tener una pensión Básica Solidaria (PBS) obstaculiza la adquisición de este subsidio.
  • Y por ultimo el subsidio por discapacidad mental, siendo incompatible para procesar dicho subsidio.

El subsidio es incompatible también con aquellos beneficios proporcionados por el Sistema Único de Prestaciones Familiares (Asignaciones Familiares) del DFL N° 150 de 1982, correspondiente al Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

En caso de que el causante se encuentre para la Asignación Familiar y de Subsidio Familiar, debe escogerse uno, nada mas le corresponde un solo subsidio.

A quién va dirigido el Subsidio Familiar

Se debe diferenciar entre causantes del subsidio familiar (corresponden a quienes se es el subsidio) y los beneficiarios del subsidio familiar (Quienes tramitan y cobran el subsidio).

Requisitos para el causante del subsidio familiar.

  • Ser menores de 18 o 24 años de edad, solteros, que sean estudiantes regulares de nivel medio, normal, técnica o superior.
  • Personas que posean discapacidad mental, referido a la ley maternal, que no posean Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Personas con discapacidad física de cualquier edad.
  • Mujer embarazada menor de edad, optando por el subsidio maternal.
  • Para los niños mayores de 6 años ese deberá presentar que son estudiantes regulares de la escuela básica, media, superior entre otras equivalentes.

Requisitos para los beneficiarios del subsidio familiar.

Se benefician aquellos que no puedan o en su defecto, conjunto familiar, mantener a los causantes (los que vivan a expensas del beneficiario).

  • La madre.
  • El padre.
  • Tutores que estén a cargo del menor.
  • Personas que mantengan a aquellas que poseen discapacidad intelectual y que convivan a sus expensas (no posee límite de edad).

Se toman en cuenta a instituciones del Estado que estén bajo su cargo a menores huérfanos, abandonados y con discapacidad física.

Aquellos causantes no deben recibir una renta por parte del familiar que lo mantiene, que sea igual o superior al monto del subsidio familiar asignado, para el caso de la pensión de orfandad no se toma en cuenta.

Cómo tramitar el Subsidio Familiar

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Antes de llevar a cabo el tramite de dicho subsidio las persona deberá presentar, por escrito, el beneficio en los Municipalidad correspondiente a la zona de residencia y no tener capacidad económica para la manutención de los causantes.

La postulación de este subsidio debe llevarse a cabo en la Municipalidad con lo mencionado anteriormente. La persona debe tener registrada sus cargas familiares, el cual se lleva a cabo en la administración del organismo en el cual labora la persona.

En la municipalidad se da el aval de la postulación por el alcalde, el cual dicta un Decreto, el cual se inscribirá en un registra especial y remitirlo luego al IPS, para llevar a cabo el pago del beneficiario.

Requisitos para tramitar el Subsidio Familiar

Los requisitos para optar al subsidio único familiar, son los siguientes:

  • Estar dentro del 60% de la población con bajos recursos económicos, de acuerdo a la clasificación del Registro Social de Hogares (RSH), así mismo como estar inscrito.
  • Tomar en cuenta que se tiene una situación económica en donde no se puede proveer a la mantención y crianza del causante, en el aspecto tanto social como económico.
  • En caso de que el causante posea la condición de discapacidad intelectual y/o física deberá tenerse una declaración por parte de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
  • En caso de ser una mujer embarazada, deberá consignar una certificación que avale el hecho de estar en el quinto mes de embarazo por un médico o matrona perteneciente a los Servicios de Salud o alguna institución autorizada.

Se tienen en cuenta ciertos documentos que se deben consignar al momento de solicitar el subsidio para los causantes menores de 18 años:

  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Fotocopia de carnet del control de niño sano, al día, de los menores de 6 años, que participen en los programas de salud por el Ministerio.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Se debe procesar el titulo de tutor del menor, en caso de no ser consanguíneos.

Cuál es la vigencia del Subsidio Familiar

La vigencia del beneficio tiene una duración de 3 años, desde el primer mes en que se empezó a percibir. Este beneficio se mantiene hasta que el causante llegue a los 18 años de edad, y dura hasta el 31 de Diciembre de ese año.

Se debe mantener informados que los causantes menores, tienen hasta los 8 años, para asistir a los programas de atención infantil proporcionados por el Ministerio de Salud.

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Hay que tomar en cuenta que el beneficio deja de ser subsidiado cuando no se cumplen con los requisitos requeridos por el alcalde, que es aquel encargado de procesar las solicitudes y subsidios.

Al no presentar al alcalde los antecedentes que correspondan al beneficio, este podrá extinguirse el subsidio. Al extinguirse el subsidio deberá ser notificado en un periodo de 30 días, en caso de llegar el beneficio deberá abstenerse de cobrarlo.

Si se tiene fallecimiento del causante o si fallece la persona subsidiada, encargada del causante, se cancela el subsidio para este y deberá tramitarse otra solicitud con el tutor asignado.

Al optar por otro beneficio que no sea el familiar deja ser otorgado por el beneficiario y en conjunto con el causante. Debe ser cobrado una vez que se efectúe el pago, si se deja pasar 6 meses sin cobrar dicho beneficio, este será extinto por el ente que paga el subsidio.

Se informa que en este año 2021, se tiene la prorroga de la vigencia del subsidio, por lo que si este se venció en Octubre, Noviembre o Diciembre de 2020, se extiende hasta el 28 de Febrero de 2021.

Cuál es el monto del Subsidio Familiar

Una vez se haya llevado la solicitud y de tenga la aprobación del subsidio, entrando a la pagina del IPS se puede conocer la fecha de pago.

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Para el año 2020 a causa de la Pandemia, la SUSESO alargo hasta Diciembre, aquellos subsidios que estaba vencidos entre Junio y Septiembre. El monto del subsidio familiar depende de las cargas familiares que se tengan adscritas al sistema.

Se tenia un monto establecido a comienzos del año 2021, que era de $13.401 por carga familiar, mientras que para discapacidad es el doble, $26.802

Para el siguiente mes de cobro, Marzo, en este año 2021, se tiene un valor de $49.184 por cada carga familiar, causante.

Ha de tomarse en cuenta que en el caso de poseer un causante con discapacidad mental y/o física se obtendrá el doble, quedando en, $98.368.

Para este año 2021, el pago del subsidio a partir del 15 de Febrero se ejecutara de manera gradual, específicamente en tres grupos:

  1.  Grupo 1, desde el 15 de Febrero. El Subsidio Familiar cobrado en la segunda mitad de cada mes, será de manera permanente sin tramite.
  2. Grupo 2, desde el 1 de Marzo. El Subsidio Familiar cobrado en la primera mitad de cada mes, sin trámite.
  3. Grupo 3, desde el 15 de Marzo. Trabajadores/as de entidades distintas al IPS que cobran subsidio familiar o maternal, consultar por IPS.
Para este año se tiene que el cobro del subsidio se puede hacer a través de un apoderado, en donde debe presentar una autorización disponible por IPS.

Se cuenta con prestaciones médicas, las cuales pueden ser preventivas o curativas, incluyendo la parte odontológica que se da de manera gratuita.