Cómo Consultar y Sacar los Fondos de Reserva del IESS
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Índice
¿Qué es el Fondo de Reserva?
Requisitos para solicitar la devolución de Fondos de Reserva
Afiliados fallecidos
Pasos para retirar los fondos de reserva acumulados
Sistema Online
¿Se pueden acumular los Fondos de Reserva?
¿En qué tiempo se acreditan los fondos de reserva?
¿Puedo retirar mis fondos de reserva si tengo préstamo quirografario vigente?
¿Qué es el Fondo de Reserva?
En este artículo te explicaremos en detalle qué son fondos los Fondos de Reserva del IESS, su cálculo y, sobre todo, cómo consultar y retirar los fondos de reserva acumulados en tu cuenta individual.
El fondo de reserva es un aporte que reciben los afiliados al Seguro Social después de servir por más de un año al mismo empleador. Por lo general, esta suma te la dan de manera mensual con tu salario. Pero si previamente realizaste la solicitud de acumulación de estos fondos, su valor total estará disponible cuando solicites su retiro. Los fondos de reserva corresponden a un mes de salario por cada año completo posterior al primer año de trabajo.
Todo trabajador que preste servicios por más de un año tiene derecho a que el empleador le abone una suma equivalente a un mes de sueldo o salario por cada año completo posterior al primero de sus servicios”.
Artículo 196 del Código de Trabajo del Ecuador
De la misma manera se presentan los requisitos para la devolución de los fondos de reserva. Son muchos los casos donde esto se presenta, así que es importante su mención para averiguar todos los alcances que estos fondos poseen. Posiblemente sirva para despejar cualquier duda que se genere al respecto.
Requisitos para solicitar la devolución de Fondos de Reserva
Los usuarios afiliados, deben tomar en cuenta los siguientes requisitos para solicitar sus Fondos de Reserva:
- Afiliados Activos: Deben tener en la cuenta individual aportes por fondos de reserva disponibles en dos diferentes años. Cabe destacar que para los beneficiaros que iniciaron sus labores desde el año 2011 el lapso de tiempo será de 3 años.
- Cesantes: Deben tener 2 meses de no aportar al IESS.
- Afiliados Jubilados o Mayores de 60 años: Si tienen valores disponibles puede retirar en cualquier momento
- Afiliado Jubilado activo menor de 60 años: los afiliados menores de 60 años que deseen solicitarlos por concepto de antigüedad laboral deberán estar en condición de afiliado activo para generar fondos en su cuenta.
- Afiliados que cumplan 40 años de servicio menores de 60 años de edad: Si tienen valores disponibles puede retirar en cualquier momento.
No debe tener:
- Mora Patronal,
- Mora en Créditos de Historia Laboral o
- Host y Bloqueos totales.
Afiliados fallecidos
En caso de fallecimiento de un familiar, se pueden retirar sus fondos de reserva siguiendo los siguientes requisitos:
- «Solicitud de beneficiarios fallecidos» impresa y firmada (dos originales).
- Partida de defunción original.
- Copia a color de la cédula de la persona fallecida.
- Partida de matrimonio original actualizada.
- Copia a color de la cédula y papeleta de votación de la/el cónyuge o conviviente.
- Copia a color de la cédula y papeleta de votación de todos los hijos.
- Certificado bancario original de los beneficiarios. Esta debe estar validada en el IESS.
- Copia certificada de la notaria de la Posesión efectiva de los bienes del causante.
- El afiliado fallecido no debe tener préstamos quirografarios vigentes.
Pasos para retirar los fondos de reserva acumulados
Para retirar los fondos de reserva debiste haber hecho la solicitud de acumulación. De haberlo hecho y si cumples con los requisitos, la solicitud de retiro se hace por Internet de la siguiente manera:
Ingresa www.iess.gob.ec y en Servicios en línea dirígete a Asegurados, Afiliados, Fondos de Reserva (Clic aquí).
Ingresa a la plataforma del IESS, a tu cuenta con tu cédula y clave del IESS.
En la opción «Solicitudes Fondos Reserva» selecciona «Solicitud Devolución Fondo Reserva».
De ser aprobada la solicitud, en un lapso de 72 horas laborales se te acreditará el valor de hasta el 100% de tus fondos de reserva acumulados si solicitaste el retiro total. También puedes retirar de manera parcial este fondo. Esto se acredita de manera automática a tu cuenta bancaria registrada.
Para el caso de afiliados fallecidos, el trámite de retiro de los fondos de reserva es PRESENCIAL en las Direcciones Provinciales del IESS, presentando los requisitos antes mencionados. Hecho el trámite, se devolverá a los beneficiarios el capital acumulado de su Fondo de Reserva, incluidos los intereses capitalizados a la fecha de la solicitud, cualquiera sea el tiempo de imposiciones del causante.
Los fondos estarán disponibles en la opción de fondos de reserva, a la cual podrás acceder luego de ingresar tus datos personales. Podrás ver el estado de tus fondos de reserva. Cabe destacar que es obligatorio informar al empleador que se desean acumular. Para realizar esta acción, es necesario realizar un procedimiento aparte. En caso contrario se entenderá que los desean recibir.
Sistema Online
¿Se pueden acumular los Fondos de Reserva?
Para que esta acumulación pueda darse se requiere que los mismos estén en periodo acumulativo por 3 años, o luego de 36 cotizaciones.
El proceso es sencillo, deberás ingresar a la página web www.iess.gob.ec y dirigirte a la opción de “asegurados”, y hacer clic a la sección “afiliados”. A continuación, se desplegarán las opciones de consultas de la página donde deberás elegir la casilla de fondos de reserva y posteriormente la opción de solicitud de acumulación mensual.
Aparecerá la planilla que deberás llenar con todos los datos personales. Se deberá imprimir el comprobante y entregarse al empleador. Desde ese momento estarán los fondos acumulándose mensualmente para su posterior retiro en 3 años.
¿En qué tiempo se acreditan los fondos de reserva?
Los empleados tienen derecho a recibir el fondo de reserva a partir del segundo año de trabajo en una empresa, es decir, desde el mes 13. Los valores del fondo de reserva se acreditarán en la cuenta bancaria registrada en un plazo no mayor a tres (3) días laborables a partir del día siguiente a la fecha de registro de la solicitud de retiro.
¿Puedo retirar mis fondos de reserva si tengo préstamo quirografario vigente?
No. Los Fondos de Reserva que están comprometidos en Préstamos Quirografarios no pueden ser usados hasta que sean liberados conforme lo establece el IESS.