Biess incrementa capacidad de endeudamiento quirografarios
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Biess incrementará hasta un 50 % la capacidad de endeudamiento de jubilados y pensionistas para préstamos quirografarios
El beneficio, disponible desde el 2 de febrero, se traduce en la posibilidad de que este segmento de asegurados pueda acceder a un mayor monto crediticio.
El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) anunció este lunes que incrementará del 40 % al 50 % la capacidad de endeudamiento de los jubilados y pensionistas, considerada para el cálculo del monto de los préstamos quirografarios, con el objetivo de apoyar a las familias ecuatorianas a enfrentar la crisis económica, ocasionada por la pandemia del COVID-19.
Este beneficio, que estará disponible desde este miércoles 2 de febrero. Se traduce en la posibilidad de que este segmento de asegurados pueda acceder a un mayor monto crediticio.
La entidad sostiene que la decisión de este cambio fue establecida por el Directorio de la institución mediante la Resolución n.º BIESS-DIR-RS-006-0049-2022 el viernes 28 de enero de 2022. Con base en los informes técnicos presentados por la actual administración.
“Los préstamos quirografarios se han constituido en un mecanismo efectivo para el pago de deudas, para cubrir necesidades urgentes e incluso para el inicio de emprendimientos, por lo que no solo se estaría apoyando a las finanzas de los jubilados y de sus familias, sino también a la recuperación económica nacional”, manifiesta Iván Tobar, gerente general del Biess.
El incremento del porcentaje de la capacidad de pago de los jubilados inicialmente tendrá una vigencia de seis meses.
Los jubilados y pensionistas podrán acceder a este beneficio cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Encontrarse en goce de una pensión jubilar otorgada por el IESS.
- No ser mayor de 78 años de edad.
- Registrar en el IESS una cuenta bancaria personal e individual a nombre del jubilado o pensionista.
- No tener obligaciones vencidas con el IESS o Biess.
- No tener en trámite solicitudes para el otorgamiento de préstamos hipotecarios o quirografarios.
- En caso de novaciones, el jubilado o pensionista debe haber cancelado al menos el 25 % del total de los dividendos del crédito a novar.
- Los jubilados y pensionistas pueden novar su crédito hasta 5 años plazo, dependiendo de su rango de edad.