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Aporte personal IESS- Seguro Social

Aporte personal IESS- Seguro Social. El aporte personal mínimo al IESS es de 9.45% para los trabajadores en relación de dependencia. Aprende como se calcula, quién debe pagarlo?. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

El aporte personal corre a cargo del trabajador y es descontado de su remuneración mensual. Podrá también asumirlo el empleador.

 

Nuevo aporte personal.

En diciembre del 2013 el IESS mediante la resolución 466 dispuso aumentar a partir de mes de enero del 2014 el porcentaje a 9.45%.

Por lo anterior el aporte del afiliado que se calcula sobre el salario pasó del 9,35% al 9,45%.

Plazo para los pagos de los aportes.

El empleador debe cancelar los aportes (Aporte personal + aporte patronal) dentro de los 15 días posteriores al mes trabajado, caso contrario caerá en mora patronal.

Aporte IESS

Salario de aportación mínimo: 1 SBU

  • Aporte personal mínimo: 9.45%
  • Aporte patronal mínimo: 11.15%
  • Aporte de Afiliados voluntarios(Trabajadores independientes y Ecuatorianos que viven en el exterior): 20,5%

Sistema online

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afiliado

Tienen derecho por enfermedad:

  • El afiliado (a) con mínimo tres meses de aportes al IESS.
  • Hijos de hasta 18 años de edad de afiliado (a).
  • Cónyuge o conviviente de afiliado, con el aporte adicional del 3,41% del salario de aportación.
  • Cónyuge o conviviente de jubilado con el descuento de la pensión del 4,15%.
  • Hijos de hasta 18 años de edad de jubilados por vejez, invalidez y de montepío.

Tienen derecho por maternidad:

  • La afiliada que registre 12 meses continuos de aportes al IESS.
  • PRESTACIONES DEL SEGURO DE RIESGOS DEL TRABAJO
  • El afiliado está protegido con prestaciones de salud y económicas, desde el primer día de trabajo, en caso de accidente de trabajo. Este Seguro también entrega prestaciones a los afiliados que adquieren una enfermedad profesional.

Prestaciones y servicios:

  • Cursos y talleres de capacitación de prevención
  • Auditorias a empresas
  • Subsidios o indemnizaciones en forma de pensión o de capital.
  • Asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y de rehabilitación.
  • Pensiones mensuales temporales o permanentes.