Adquisición de terreno y construcción de vivienda Servicio para Afiliados Biess Préstamo hipotecario
ADQUISICIÓN DE TERRENO Y CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA
SERVICIO PARA AFILIADOS
Adquisición de terreno Servicio para Afiliados
Adquisición de terreno Servicio para Afiliados y construcción de vivienda:
Adquiera un terreno para la construcción inmediata y total de su vivienda. El terreno debe tener hasta máximo 5.000 m2 en zona urbana y 10.000 m2 en zona rural; estar libre de gravámenes y poseer todos los servicios básicos.
Ventajas competitivas
- Financiamiento al interés más bajo del mercado.
- Plazo máximo 25 años.
- Facilidad para adquirir el terreno y construir en el mismo.
- Precalificación automática en línea.
- Periodo de gracia del capital durante la construcción de la obra.
Financiamiento destinado para:
- Adquisición del terreno y posteriormente la construcción inmediata de su vivienda.
AFILIADO
Requisitos de Aportación
Afiliados en calidad de dependencia
- El afiliado debe tener treinta y seis (36) aportes.
- Tener 12 últimas aportaciones consecutivas
- Si es representante legal de una empresa no debe tener obligaciones pendientes.
- Estar dentro del límite de edad requerido (75 años).
- No estar registrado como afiliado voluntario.
- Su empleador actual no debe pertenecer a la zafra
- Su empleador actual no debe pertenecer al Seguro Social Campesino
- No tener préstamo hipotecario vigente con el IESS o Biess en MORA.
- No tener un préstamo hipotecario vigente adquirido bajo la modalidad de compra o redescuento de cartera con el IESS o Biess.
- No tener una solicitud de préstamo hipotecario para vivienda terminada en trámite.
- No tener una solicitud de préstamo hipotecario para construcción de vivienda en trámite.
- No tener una solicitud de préstamo hipotecario para remodelación y ampliación de vivienda en trámite.
- No tener una solicitud de préstamo hipotecario para Sustitución de Hipoteca.
- No tener una solicitud de préstamo hipotecario para Adquisición de Terreno.
- No tener una solicitud de préstamo hipotecario para Adquisición de Terreno y Construcción.
- No tener una solicitud de préstamo hipotecario para Adquisición de Inmueble.
- No tener una solicitud de préstamo hipotecario para Vivienda Terminada Hipotecada.
- No tener en curso una Línea de Crédito para Construcción de Vivienda y/o inactiva la tabla de amortización del préstamo hipotecario concedido.
- No tener valores pendientes de pago por concepto de gastos instrumentación en solicitudes anuladas de Préstamo Hipotecario con el IESS o Biess.
- No tener Obligaciones Vigentes como Garante o Fiador por concepto de Préstamos Hipotecarios para Voluntarios.
- No tener dividendos de préstamos con el IESS o Biess en mora.
- Existencia de Préstamos Quirografarios vigentes con el IESS concedidos a través del Sistema Antiguo del IESS.
- Existencia de Préstamos Quirografarios vigentes con el IESS concedidos a través de Historia Laboral o con el Biess.
- No estar registrado en la base de datos del IESS con una enfermedad degenerativa.
- Usted debe aprobar la calificación crediticia del Biess.
Condiciones de Financiamiento
Afiliados en calidad de dependencia
Monto y Financiamiento
- El Biess financiará hasta USD100.000, si el valor del avalúo de realización del terreno y el presupuesto de construcción es menor o igual a USD 125.000, si el valor del realización del terreno y el presupuesto de construcción es superior a USD 125.000, el Biess podrá financiar el 80% del total del crédito.
- El Biess financiará sólo costos directos en el presupuesto presentado para la construcción.
- Una vez desembolsado el valor del terreno, se procederá con el cobro del capital y los intereses generados, se debe tomar en cuenta, que al realizar el primer desembolso para la construcción hay un período de gracia sólo para el capital, los intereses generados serán cobrados prorrateadamente en la tabla de amortización.
Plazo Máximo
- Hasta 25 años.
- Edad máximo para otorgar un crédito 75 años.
Tasa de Interés
La tasa de interés que se concederá para los préstamos hipotecarios, fluctúa de acuerdo con el plazo, tomando como referencia la Tasa Activa Efectiva Referencial del Segmento de Vivienda publicada por el Banco Central del Ecuador, considerando los plazos máximos de pago. La tasa se reajustará cada 180 días.
Sistema de Amortización
Los afiliados y jubilados pueden seleccionar en su solicitud de crédito el sistema de amortización que se aplicará a su crédito, en cual puede ser de cuotas fijas (Francés) o sistema de amortización de cuotas decrecientes (Alemán). Más información
Re -financiamiento / Re-estructuración
Refinanciamiento
Si el afiliado o jubilado que haya adquirido un Préstamo Hipotecario y que, por motivo de caso fortuito o fuerza mayor, corra el riesgo de incumplir con las cuotas mensuales establecidas, el Biess le ofrece la opción de solicitar un refinanciamiento.
El refinanciamiento es el acuerdo, convenio o contrato mediante el cual se modifican las principales condiciones del crédito original relacionadas con la ampliación del plazo y por ende la disminución del monto de la cuota a pagar mensualmente.
Para acceder a más información dar clic aquí
Novación
En caso que el afiliado/jubilado cuente con un Préstamo Hipotecario bajo la modalidad de un crédito solidario (es decir, en conjunto con su cónyuge o conviviente legalmente reconocido) y desee liquidar la sociedad conyugal puede solicitar la novación del Préstamo Hipotecario.
La novación es el acuerdo convenio o contrato mediante el cual, a pedido del afiliado/jubilado/pensionista, se modifican las condiciones iniciales de un crédito, naciendo uno nuevo, total y completamente distinta a la anterior, subsistiendo las garantías otorgadas a favor del Biess.
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Capacidad de endeudamiento
Afiliados en calidad de dependencia
Depende de la capacidad de pago tomado en cuenta los 12 últimos meses promedio de los sueldos pagados al IESS y su endeudamiento promedio mensual.
- El Jubilado o Pensionista puede comprometer hasta el 40% de sus ingresos netos, una vez deducidas las deudas reportadas por el Buró de Crédito y de la Central de Riesgos.
- Se tomará en cuenta la pensión que recibe mensualmente del IESS.
Información a considerar
Los afiliados con capacidades especiales que sean titulares de la solicitud de crédito deben presentar el carnet del CONADIS o del Ministerio de Salud debidamente actualizado para dar cumplimiento al artículo 77 de la Ley Orgánica de Discapacidades, el cual señala la exención de tasas y/o tarifas notariales, consultares y de registro civil, identificación y cedulación. Adicionalmente es necesario que al momento de la recolección de firmas en las respectivas notarías se presente el original de dicho carnet.
Si desea información escríbanos a nuestro correo electrónico: [email protected]