Accionistas Partícipes (APS)
Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores. (APS). Es importante señalar que en caso de retraso, el contribuyente debe presentar el Anexo, previo a su declaración de Impuesto a la Renta. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
La información correspondiente a cada año, debe presentarse, en el mes de febrero del siguiente año, según el calendario señalado a continuación:
Noveno dígito del RUC | Fecha de Vencimiento |
1 | 10 de febrero |
2 | 12 de febrero |
3 | 14 de febrero |
4 | 16 de febrero |
5 | 18 de febrero |
6 | 20 de febrero |
7 | 22 de febrero |
8 | 24 de febrero |
9 | 26 de febrero |
10 | 28 de febrero |
Sistema Online
Información a Reportar-Accionistas Partícipes
Los sujetos obligados deberán informar respecto del 100% de sus titulares o beneficiarios de derechos de capital, miembros de directorio y administradores, lo siguiente:
- Denominación, razón social o nombres y apellidos
- RUC, número o código de identificación fiscal
- Tipo de persona (natural o jurídica). En el caso de ser persona jurídica extranjera no residente en Ecuador, se debe especificar el tipo de sociedad y figura jurídica.
- País y jurisdicción de residencia fiscal
- Régimen Fiscal (régimen general, paraíso fiscal, régimen fiscal preferente, jurisdicción de menor imposición)
- Porcentaje de participación de cada uno de los titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital en la composición societaria.
- Indicar si los titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital son partes relacionadas
En general, la información a reportar corresponderá únicamente al primer nivel de la composición societaria, salvo cuando los titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital, los miembros de directorio o los administradores del sujeto obligado, sean sociedades no residentes sin establecimiento permanente en el Ecuador en cuyo caso deberá reportarse hasta el último nivel de la composición societaria.
Niveles de la Composición Societaria-Accionistas Partícipes
- Primer Nivel.- La relación directa del sujeto obligado con sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital.
- Segundo, Tercer o el Nivel que Corresponda.- La relación indirecta del sujeto obligado con titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital, de acuerdo al número de sociedades intermediarias que existan hasta llegar al último nivel de la composición societaria.
- Último Nivel.- Personas naturales que sean los beneficiarios finales. Además, se consideran último nivel a las Instituciones del Estado, Empresas Públicas, Misiones y Organismos Internacionales, Dependencias y Organismos de Estados Extranjeros.
Casos Especiales:
- Instituciones de Carácter Privado sin Fines de Lucro.- Deberán reportar la información de sus miembros de directorio, administradores, socios fundadores, así como de las personas naturales que hayan efectuado aportes o donaciones superiores a las 2 fracciones básicas desgravadas vigentes en el ejercicio fiscal informado.
- Fondos de Inversión o Complementario.- Deberán reportar la información de titulares, cuyos derechos representativos de capital superen las 5 fracciones básicas desgravadas, vigentes en el ejercicio fiscal informado.
- Fideicomisos.- Deberán reportar la información correspondiente a sus administradores, constituyentes y beneficiarios.
Mas información del Anexo de Accionistas Partícipes
Las sociedades constituidas o establecidas en el transcurso del ejercicio fiscal, o en los que el sujeto obligado presente cualquier cambio en la composición societaria y demás información prevista en la Resolución NAC-DGERCGC16-00000536, se deberá presentar este Anexo hasta el día 28 del mes subsiguiente en que se produjo la constitución o el cambio, con corte al último día del período que se informe.
Si se debe presentar declaración anticipada de IR, por efectos de terminación de actividades, de escisión o fusión de sociedades antes de la finalización del ejercicio fiscal, se debe presentar este anexo al menos tres días hábiles antes de la declaración de IR anticipada.
Niveles-Accionistas Partícipes
Primer nivel, la relación directa del sujeto obligado, con sus titulares; y, segundo, tercer o el nivel que corresponda, la relación indirecta existente, entre aquellos, de acuerdo al número de sociedades intermedias que existan hasta llegar al último nivel de la composición societaria, en el que se identifique a personas naturales que sean beneficiarios finales.