70 años de prisión para el feminicida de la joven mexicana Ingrid Escamilla, que inspiró una histórica ley
Un tribunal de enjuiciamiento de la Ciudad de México sentenció a 70 años de prisión a Erick Francisco Robledo Rosas, de 48 años, por el feminicidio de su pareja, Ingrid Escamilla, ocurrido a principios del 2020 en la alcaldía Gustavo A. Madero, informó este lunes la Fiscalía capitalina.
Según señala el organismo, el Ministerio Público aportó «elementos de prueba contundentes para acreditar» la responsabilidad penal del sentenciado en el brutal asesinato y desmembramiento de la víctima, el 9 de febrero de 2020.
Del mismo modo, el juez a cargo del caso, Israel Pérez Cuevas, ordenó a Robledo Rosas pagar a los familiares una indemnización por la muerte de la joven y reparación del daño moral, así como también cubrir los gastos funerarios.
Un crimen atroz
De acuerdo con la confesión del feminicida tras su detención, la noche del crimen discutió con Ingrid y forcejearon, lo que escaló la situación hasta que finalmente la apuñaló por el cuello. Después de matarla, continuó, le cortó la piel, le quitó algunos órganos y los arrojó por el inodoro y el drenaje de la calle.
Cuando el oficial de la policía que lo detuvo mientras intentaba deshacerse del cuerpo le preguntó por qué había perpetrado el crimen, el detenido se limitó a responder que por «vergüenza y miedo».
El asesinato de la víctima provocó una ola de conmoción e indignación social no solo por la brutalidad del crimen, sino porque los policías que atendieron la escena filtraron las fotografías del cuerpo desmembrado, que fueron publicadas por los medios de comunicación.
La ‘ley Ingrid’ contra la revictimización
El hecho expuso cómo los medios revictimizan a las personas que fueron objeto de un crimen, al compartir sus imágenes agraviando su dignidad, intimidad e identidad de estas.
Tras la polémica causada por la cobertura del caso, el Congreso aprobó por unanimidad la reforma del artículo 225 del Código Penal Federal –bautizada como ‘ley Ingrid’– que tipifica y sanciona la difusión de información o material audiovisual relacionado con un hecho delictivo.
La ley castiga al medio que fotografíe, copie, reproduzca, difunda o distribuya información relacionada «con un procedimiento penal, las condiciones personales de una víctima o las circunstancias de hecho o hechos que la ley señale como delitos».
Para quien incurra en esta falta, la legislación prevé una pena de 4 a 10 años de cárcel y una multa de entre 860 y 1.300 dólares. Además, las sanciones aumentarían una tercera parte –en su mínimo y máximo– si la información difundida «se refiere a mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad», elementos considerados agravantes.
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