175 entidades que captan dinero ilegalmente han sido identificadas
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La captación ilegal de dinero en Ecuador se sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años, según el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
La Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria han identificado a 175 entidades no autorizadas para captar dinero.
Esta semana se descubrieron las operaciones de una estructura denominada Big Money, en Quevedo, cuyas oficinas fueron allanadas el 30 de junio de 2021.
Big Money, que operaba bajo el modelo de estafa Ponzi, ofrecía pagar en una semana un interés del 90%. El interés de un depósito a plazo fijo en el sistema bancario no supera el 6% al año, dependiendo del monto y del plazo.
El esquema Ponzi es uno de los fraudes más famosos, en el cual la persona que estafa, natural o jurídica, pide dinero prestado a cambio de gran rentabilidad, lo que hace que la oferta sea atractiva y, por lo tanto, convincente para los posibles ‘inversionistas’. Los intereses del dinero depositado o prestado son pagados con recursos que invierten nuevos clientes, el deudor no destina nada de su patrimonio.
En Ecuador, además, la Superintendencia de Bancos ha alertado sobre 114 empresas e instituciones que gestionan y comercializan productos crediticios y de inversión a bajas tasas de interés. Lo hacen a través de correos electrónicos, páginas web y hojas volantes. Para esas actividades financieras las entidades que operan por fuera del sistema financiero no exigen garantías, ni requisitos mínimos.
Entidades no autorizadas por la Superintendencia de Bancos
Información con corte al 30 de junio de 2021
Por su parte, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria sostiene que hay 64 entidades que operan por fuera del sistema financiero.
En las listas de las dos superintendencias aparece Quevedo Inversiones – Big Money, Financiera Once de Junio Ltda y BANCREDITO.
Entidades no autorizadas por la SEPS
Información con corte al 30 de junio de 2021
Actualmente en el país está vigente una moratoria para la constitución de cooperativas de ahorro y crédito, es decir que legalmente no se puede crear ese tipo de entidades financieras. Eso por una resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, del 16 de diciembre de 2015.
Prohibida la captación de dinero
En el país, la captación ilegal de dinero se sanciona con cárcel, según el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
El artículo 323 de la norma establece que:
«La persona que organice, desarrolle y promocione de forma pública o clandestina, actividades de intermediación financiera sin autorización legal, destinadas a captar ilegalmente dinero del público en forma habitual y masiva, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años».
Y agrega que «la persona que realice operaciones cambiarias o monetarias en forma habitual y masiva, sin autorización de la autoridad competente, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años».