La Procuraduría aplicará el derecho de repetición a exfuncionarios

La Presidencia pidió al procurador General del Estado, Íñigo Salvador, que ejerza el derecho de repetición en el caso Chevron III. El secretario general de la Presidencia, Eduardo Jurado, señaló en un oficio que Ecuador perdió el laudo arbitral parcial contra la empresa petrolera estadounidense.

Esto significa que el Estado ecuatoriano estará expuesto a pagar una cantidad indeterminada por indemnización a esa compañía. Por ello solicitó a la Procuraduría que coordine a su vez con la Contraloría para establecer responsabilidades en este caso.

La defensa del Estado ecuatoriano en ese tema estuvo en manos del exprocurador Diego García, de un bufete de abogados internacional y del gobierno del expresidente Rafael Correa.

Salvador, que recibió el pedido de la Presidencia en una rueda de prensa, advirtió que el Estado ecuatoriano estudia la posibilidad de interponer recursos.

Explicó que la Procuraduría analiza no solo la actuación de los abogados contratados por el Estado ecuatoriano para su defensa en este proceso arbitral, sino todos los procesos en los que estuvo embarcado el país.

Para el Procurador, el trabajo que esos abogados o la Procuraduría llevaron adelante “no fue el óptimo. Se establecerán responsabilidades y se exigirá que sean cumplidas”.

Advirtió que cuando se determine la cuantía que debe pagar Ecuador, la Procuraduría iniciará las acciones para obtener las repeticiones de las indemnizaciones, manifestó.

El Procurador anunció que propondrá reformas a la Ley de Lucha contra la Corrupción a la Asamblea. Estas establecerán procedimientos ágiles, oportunos y eficaces para obtener la repetición de esos pagos.

El Tribunal Arbitral, con sede en los Países Bajos, emitió este viernes 7 de septiembre la sentencia y declaró la responsabilidad de Ecuador en el caso Chevron III.

En el laudo, que tiene 521 páginas, el Tribunal estableció tres puntos importantes: declaró que el Estado ecuatoriano violó el Tratado Bilateral de Inversión (TBI); denegó justicia; y no brindó un trato justo y equitativo.

Sin embargo, el Tribunal aclaró que el fallo contra el Estado ecuatoriano no debía afectar la posibilidad de que las demandas de los indígenas de la Amazonía contra la compañía petrolera, obtengan justicia.

Además reconfirmó que no tiene jurisdicción para decidir sobre el fondo de las demandas de daños personales interpuestas por los indígenas de Aguinda y Lago Agrio.

Ellos presentaron en la Corte de Nueva York una demanda por la reparación de daño ambiental causado por Texaco, que luego se convirtió en Chevron, en la Amazonía ecuatoriana.

El caso se ventiló en la Corte de Justicia de Sucumbíos, que condenó a la empresa transnacional a pagar $ 9.500 millones y a pedir disculpas públicas.

El artículo 11 de la Constitución Política dispone que el Estado ejercerá el derecho de repetición en contra de las personas por el daño producido, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas. (I)